Concurso Nacional de Debate en Fusiones y Adquisiciones "Germán Cavelier" 2025
- Asociación Cavelier
- 28 feb
- 35 Min. de lectura
Actualizado: 12 may

REGLAMENTO 2025
La Asociación Cavelier del Derecho es una entidad sin ánimo de lucro que tiene por objeto la profundización del estudio del derecho, propiciando a través de concursos, el desarrollo de las destrezas orales y escritas de los estudiantes de Derecho en Colombia.
I. Generalidades
La inscripción en el concurso implica la aceptación y acatamiento por parte de los participantes de las reglas del presente reglamento y de las decisiones de los organizadores.
Los participantes al inscribirse autorizan de forma previa, informada, expresa e inequívoca a los organizadores a hacer uso de sus datos personales, expresión que incluye su imagen y testimonio, con el único propósito de difundir y promocionar las actividades académicas de la Asociación Cavelier del Derecho.
Para facilitar la participación de todas las universidades, la Asociación Cavelier se hará cargo del tiquete de ida y vuelta de los estudiantes de los equipos que representen a sus universidades, para que asistan a las rondas orales en la ciudad donde se desarrolle la fase oral.
Las actividades de difusión y convocatoria del Concurso estarán a cargo de la Asociación Cavelier del Derecho y de las universidades.
La inscripción de los equipos no tiene costo.
II. Jurado
El jurado estará compuesto por un grupo de especialistas en el tema objeto de análisis y sus nombres se conocerán en el debate oral.
III. Participantes
El concurso está dirigido a todos los estudiantes de pregrado de Derecho de cualquier semestre en Colombia que se encuentren matriculados y no hayan obtenido el título de abogado hasta la fecha del debate oral.
También podrán participar los estudiantes que, aunque no estén matriculados hayan finalizado sus materias y estén completando sus requisitos de grado.
Concursos Nacionales
Equipos por Universidad | Uno (1) |
Integrantes por equipo | Dos (2) |
Entrenadores por equipo | Uno (1) o dos (2) |
IV. Fases del concurso
1. Convocatoria: La convocatoria se lanzará a través del sitio web y las redes sociales de la Asociación Cavelier del Derecho. En la página web www.asociacioncavelier.com se pondrán a disposición el caso, el reglamento y el formulario de inscripción.
2. Preguntas sobre el caso y el concurso: Los integrantes o entrenadores de los equipos podrán solicitar aclaraciones sobre el caso y sobre el concurso en el sitio destinado para ello en la página web de la Asociación www.asociacioncavelier.com, donde también se publicarán las respuestas.
4.1 Requisitos de forma de la memoria escrita:
Extensión del texto | 4.000 palabras - El número de palabras debe indicarse al final del texto. |
No se contará dentro de las palabras | La bibliografía. |
Normas de citación y referenciación | Normas APA (American Psychological Association) en su séptima edición. |
Tipo de letra | Arial |
Tamaño de letra | 12 |
Interlineado | 1.5 |
Tamaño de hoja | Carta |
Márgenes | Las predeterminadas por Word |
Formato del documento a cargar | PDF sin los nombres de la universidad ni de los participantes (el formulario permite identificar internamente al estudiante y la universidad) |
La memoria escrita será cargada dentro del formulario de inscripción dispuesto en la página web en el apartado del concurso.
3. Inscripción y entrega de la memoria escrita: La inscripción de los equipos y la entrega de las memorias se realizarán en línea a través de la página web de la Asociación Cavelier del Derecho (www.asociacioncavelier.com). Este proceso que se hace en el mismo formulario.
La Asociación se reserva el derecho de declarar desierto el concurso, si vencida la fecha de inscripción y entrega de memorias, el número de equipos inscritos es inferior a ocho (8).
4. Fase escrita: En esta fase, el jurado las evaluará para lo cual tendrá en cuenta los siguientes criterios de evaluación del contenido, los cuales tendrán un mismo valor:
Claridad y concisión de los argumentos; redacción de la memoria y ortografía.
Investigación realizada.
Naturaleza, relevancia y uso adecuado de las fuentes referenciadas.
Determinación de los problemas jurídicos subyacentes al caso.
Validez de la argumentación.
Las notas son definitivas y no habrá lugar a revisión de estas, ni a retroalimentación sobre los escritos por parte del jurado
Los equipos podrán exponer los argumentos pertinentes para el correcto desarrollo del caso. Sin embargo, el jurado dará mayor valor a aquellos argumentos relacionados directamente con la materia del concurso.
4.3. Publicación de notas
La Asociación se reserva el derecho de declarar desierto el concurso en el evento en que menos de seis (6) equipos participantes obtengan una nota mínima de 7,5/10.
La Asociación publicará en su página web las notas que obtuvieron los equipos en la fase escrita, anunciará los equipos que pasan a la Fase Oral del Concurso. También se publicarán en ese momento, los hechos nuevos y/o variación de los hechos del caso que se tendrán en cuenta en la Tercera Ronda Oral (La Final) del concurso.
5. Fase oral: Esta fase estará compuesta de tres (3) rondas, de la siguiente forma:
Si el número de equipos que pasan a la fase oral es impar, se realizará el mismo día de la ronda oral una ronda previa de eliminación entre los dos equipos con las notas más bajas. El ganador debatirá con el equipo que tenga la mayor nota de la fase escrita, y así sucesivamente. En este debate se aplicarán las reglas de la primera ronda de la fase oral que se describen a continuación.
La nota de la memoria escrita no se tendrá en cuenta en las rondas orales.
A. Primera Ronda
En la fecha y hora indicada en el cronograma, se enfrentarán en el primer debate el equipo que obtuvo la mejor nota en la fase escrita contra el equipo que obtuvo la nota más baja y así sucesivamente. Se sorteará la parte que representará cada equipo. Cada equipo hará una presentación oral en la cual defenderá la posición jurídica que le corresponde.
El equipo que no asista completo (estudiantes) en la fecha y hora de la convocatoria será excluido del concurso, sin perjuicio de lo cual su contraparte será oída y evaluada por el jurado.
La exposición de cada equipo estará a cargo de sus dos (2) integrantes y solamente podrán apoyarse en material impreso. El uso de cualquier clase de dispositivo electrónico se encuentra prohibido durante la audiencia salvo para contabilizar el tiempo de su presentación.
Cada equipo tendrá un máximo de diez (10) minutos para su presentación oral. Mientras un equipo expone, el otro equipo puede hacer hasta tres (3) preguntas o intervenciones. El equipo expositor podrá responder y, si el equipo que hizo la pregunta lo considera necesario, podrá comentar las respuestas dadas.
Durante esta ronda, el jurado podrá hacer preguntas a las partes relacionadas con los hechos del caso, con el fin de determinar el grado de conocimiento y manejo de las circunstancias particulares de los problemas jurídicos propuestos. Esto incluye conceptos jurídicos relacionados con la materia del caso.
El tiempo de las intervenciones, preguntas y respuestas de los equipos y del jurado no se contará dentro de los diez (10) minutos establecidos para la exposición.
Los criterios de evaluación, que tendrán el mismo valor (20%), son los siguientes:
Originalidad de los planteamientos.
Claridad y precisión en la exposición.
Conocimientos jurídicos y profundidad al responder las preguntas del jurado.
Actitud personal, vocabulario y manejo del auditorio.
Manejo del tiempo e intervenciones de los dos participantes de cada equipo.
La calificación otorgada por el jurado en esta ronda representará el total de la nota final que se le asigne al grupo en esta ronda.
A la Segunda Ronda – Semifinal pasarán los cuatro (4) equipos con las mejores notas de la Primera Ronda.
B. Segunda Ronda - Semifinal
En la segunda ronda, no habrá exposiciones de los equipos, el jurado realizará preguntas de derecho relacionadas con el caso a los participantes de los dos equipos, con el fin de determinar el conocimiento de cada uno de los estudiantes.
En caso de que cualquier equipo, o uno de sus integrantes no asista en la fecha y hora de la convocatoria para la segunda ronda, será excluido automáticamente del concurso.
A la Tercera Ronda - Final pasarán los 2 equipos que obtengan las dos mejores notas de la Segunda Ronda Semifinal.
C. Tercera Ronda - Final
En esta ronda las exposiciones, preguntas, intervenciones y respuestas, serán sobre el caso inicial y los hechos nuevos que se publicaron cuando se anunciaron los equipos que pasaron a la Fase Oral del concurso.
Los jurados asignarán al azar la parte que cada equipo representará en una audiencia abierta al público y será evaluada por el jurado. Durante el desarrollo del debate, el jurado podrá formular las preguntas que considere pertinentes, bien sea sobre las circunstancias particulares o conceptos jurídicos relacionados con el caso en cuestión.
La exposición de cada equipo estará a cargo de sus dos (2) integrantes y solamente podrán apoyarse en material impreso. El uso de cualquier clase de dispositivo electrónico se encuentra prohibido durante la audiencia salvo para contabilizar el tiempo de su presentación.
Cada equipo tendrá un máximo de diez (10) minutos para su presentación oral. Mientras un equipo expone, el otro equipo puede hacer hasta tres (3) preguntas o intervenciones. El equipo expositor podrá responder y, si el equipo que hizo la pregunta lo considera necesario, podrá comentar las respuestas dadas.
El tiempo de las intervenciones, preguntas y respuestas de los equipos y del jurado no se contará dentro de los diez (10) minutos establecidos para la exposición.
Durante esta ronda, el jurado podrá hacer preguntas a las partes relacionadas con los hechos del caso, con el fin de determinar el grado de conocimiento y manejo de las circunstancias particulares de los problemas jurídicos propuestos. Esto incluye conceptos jurídicos relacionados con la materia del caso.
Aplicando los mismos criterios de la Primera Ronda, el jurado calificará las intervenciones de cada equipo y determinará entre estos el primero y el segundo puesto.
También el jurado, si así lo considera, determinará quien fue el mejor orador del concurso.
V. Incentivos educativos
1. Para los estudiantes*:
Primer puesto | Dieciséis millones de pesos ($16.000.000) |
Segundo puesto | Ocho millones de pesos ($8.000.000) |
Mejor orador/a | Un millón de pesos ($1.000.000) |
Los Incentivos educativos se distribuirán por partes iguales entre los estudiantes que conforman cada uno de los equipos ganadores.
Los Incentivos educativos son otorgados a título de donación modal la cual estará sujeta a los Términos y Condiciones establecidos en la página web de la Asociación en el apartado “Redención - estudiantes” allá se establecen los plazos, formas, y modalidades en las que el estudiante ganador podrá presentar su solicitud.
2. Para los entrenadores de los equipos ganadores*:
Primer puesto | Tres millones de pesos ($3.000.000) |
Segundo puesto | Un millón quinientos mil pesos ($1.500.000) |
Si hay más de un entrenador por equipo inscrito, el premio se dividirá entre ellos por partes iguales.
*Sujeto a retenciones.
VI. Cronograma
Apertura de la convocatoria | 28 de febrero
| A través de la página web de la Asociación Cavelier del Derecho (www.asociacioncavelier.com) y las redes sociales (@asociacioncavelier). |
Fecha límite de preguntas | 1 de abril | Podrá hacer todas las preguntas relacionadas al caso o al concurso que desee. Estas serán publicadas en la página web de la Asociación. |
Fecha límite para la entrega de memorias e inscripción de los equipos | Hasta el 28 de abril, a las 11:59 p.m. | En la página web de la Asociación Cavelier del Derecho www.asociacioncavelier.com |
Resultados de la calificación de las memorias y hechos nuevos del caso | 11 de mayo | Serán anunciados a través del sitio web y las redes sociales de la Asociación Cavelier del Derecho. |
Fase oral | 13 de junio en Cavelier Abogados (Cra 4 #72A 35, Bogotá DC.) | Inicio de la jornada: 8:00 am.
Recomendamos disponer de todo el día. |
Al finalizar se anunciarán los ganadores del concurso.
Las fechas y horarios están sujetos a cambios por parte de los organizadores, los cuales se anunciarán en la página web de la Asociación.
VII. Causales de descalificación
Los organizadores estarán facultados para descalificar a los equipos en los siguientes casos:
Plagio, se utilizarán detectores de plagio
Uso de inteligencia artificial (IA) generativa, se utilizarán detectores de IA
Que el texto supere el límite de palabras establecido
Que la memoria escrita contenga el nombre de los integrantes del equipo o de la universidad a la que pertenezcan
Sin perjuicio de lo anterior, los organizadores podrán sancionar cualquier conducta que vaya en contra o sea perjudicial para el normal desarrollo de la competencia, y establecer la sanción que corresponda.
VIII. Interpretación y modificación
La interpretación de las reglas o cualquier procedimiento relacionado con el concurso será realizada únicamente bajo los criterios de los organizadores. Asimismo, estos tendrán la facultad de realizar modificaciones al presente reglamento (incluido el cronograma), de ser necesario. Las modificaciones al presente reglamento serán publicadas en la página web de la Asociación Cavelier del Derecho.
IX. Uso de Datos Personales
Los procedimientos para realizar reclamaciones, quejas y reclamos, frente al manejo de los datos personales, al igual que la revocatoria de la autorización de su uso, se encuentran en la política de tratamiento de datos de la Asociación Cavelier, la cual declaro haber leído, comprendido y aceptado, y la cual puede encontrarse en la siguiente dirección web www.asociacioncavelier.com.
Última actualización del formato: Febrero 28 de 2025
FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN
Por favor tenga en cuenta antes de diligenciar el formulario:
El formulario podrá ser diligenciado UNA SOLA VEZ.
Dentro del formulario encontrará el apartado donde podrá cargar los documentos del concurso (debe tenerlos listos al momento de empezar a diligenciar el formulario).
El formulario es el ÚNICO método válido de inscripción para participar en el concurso.
En caso de tener algún inconveniente o inquietud con el proceso de diligenciamiento del formulario puede escribir al correo: santiagoguevara@cavelier.com con el asunto "CONSULTA FORMULARIO", especificando el concurso del que hace parte.
Si su duda es sobre el reglamento del concurso o su contenido puede escribir al correo: santiagoguevara@cavelier.com con el asunto "CONSULTA CONCURSO DEBATE FUSIONES 2025"
CASO
Identificación de las partes intervinientes | |
Parte 1 | GlobalTech Corporation |
Parte 2 | Terra Capital Partners |
Aclaraciones frente a las partes | Target: AgriSolutions Group S.A.S. |
HECHOS
1.A principios de 2024, GlobalTech Corporation, una destacada empresa multinacional de tecnología con sede en Chicago, Illinois, identificó a AgriSolutions Group S.A.S., como un objetivo potencial de adquisición. AgriSolutions, domiciliada en Bogotá, Colombia, es una empresa líder en agronegocios especializada en tecnologías agrícolas sostenibles y productos de protección de cultivos. AgriSolutions es propiedad de Terra Capital Partners, un fondo de inversión extranjero con sede en Londres, el cual busca desinvertir en la compañía tras varios años de participación y con la expectativa de generar un alto retorno sobre su inversión.
2.El 10 de septiembre de 2024, tras meses de discusiones preliminares y una debida diligencia exhaustiva, las partes firmaron un acuerdo definitivo de compraventa de acciones. GlobalTech acordó adquirir AgriSolutions por $12 mil millones de dólares, un acuerdo estructurado como una combinación de efectivo y acciones, ofreciendo una prima del 35% sobre la valoración de mercado actual de AgriSolutions. La adquisición estaba destinada a fortalecer la presencia de GlobalTech en el mercado latinoamericano y mejorar su cartera de soluciones agrícolas sostenibles. Ambas partes expresaron optimismo sobre las sinergias posteriores al cierre, particularmente en la agricultura digital y las iniciativas de sostenibilidad.
3.El 1 de diciembre de 2024, un importante reportaje en los medios colombianos reveló que GreenGrow, el producto estrella de protección de cultivos de AgriSolutions, contenía un químico relacionado con riesgos ambientales y para la salud. Grupos de defensa ambiental lanzaron campañas contra AgriSolutions, lo que generó un rechazo público generalizado. La publicidad negativa no solo afectó considerablemente la reputación de AgriSolutions, sino que también planteó dudas entre los inversores de GlobalTech sobre la viabilidad a largo plazo del acuerdo.
4.GlobalTech dependía en parte de financiamiento externo para completar la adquisición. Sin embargo, tras la crisis reputacional de AgriSolutions y la apertura de la investigación regulatoria, varios bancos comenzaron a reconsiderar los términos del crédito otorgado a GlobalTech para la compra. Uno de los bancos principales retiró su compromiso de financiamiento, lo que obligó a GlobalTech a buscar alternativas, generando incertidumbre sobre su capacidad de cerrar la transacción en los términos pactados.
5.Dentro del fondo de inversión Terra Capital Partners, surgió una división entre los inversionistas. Algunos de los socios mayoritarios abogaban por completar la transacción con GlobalTech, argumentando que, a pesar de la crisis reputacional, era la mejor opción para desinvertir en AgriSolutions. Sin embargo, otros socios sostenían que la situación de la compañía se había deteriorado tanto que GlobalTech probablemente renegociaría el precio a la baja o intentaría terminar el acuerdo. Ante este panorama, se abrió una disputa interna sobre si Terra Capital Partners tenía derecho a renegociar los términos del acuerdo o si debía proceder con la venta en los términos originales.
6.Mientras la disputa entre GlobalTech y AgriSolutions escalaba, un tercer jugador entró en escena: LatAm Agri Holdings, un conglomerado latinoamericano de agronegocios, hizo una oferta alternativa para adquirir AgriSolutions. Aunque la oferta de LatAm Agri Holdings era inferior en términos de precio (USD $10.5 mil millones en comparación con los $12 mil millones ofrecidos por GlobalTech), presentaba términos de pago más favorables y una ejecución más rápida, lo que atraía a los inversionistas de Terra Capital Partners preocupados por los riesgos del acuerdo con GlobalTech. Esta nueva oferta puso en jaque la exclusividad del acuerdo y generó más incertidumbre sobre la viabilidad de la transacción con GlobalTech.
7.A medida que la crisis se intensificaba, a través de la red social X, una organización activista ambiental decidió divulgar supuestos correos electrónicos de los directivos de AgriSolutions. Estos correos sugerían que los principales ejecutivos eran conscientes de posibles problemas con GreenGrow desde 2022, pero habían optado por no revelarlos.
8.Sin embargo, un denunciante anónimo ha salido a la luz con pruebas que alegan que uno de los principales proveedores de AgriSolutions, EcoChem Labs, falsificó deliberadamente datos de seguridad relacionados con la composición química de GreenGrow, el principal producto de protección de cultivos de la empresa. Según el denunciante, informes internos de EcoChem Labs contenían resultados de pruebas manipulados que minimizaban los riesgos ambientales y para la salud asociados con el producto.
9.El denunciante, quien supuestamente era un exfuncionario de control de calidad en EcoChem Labs, ha presentado documentos que muestran que los informes regulatorios enviados por AgriSolutions a las autoridades colombianas e internacionales omitieron o presentaron datos alterados críticos sobre toxicidad. Estas manipulaciones habrían facilitado que GreenGrow obtuviera aprobaciones regulatorias más rápidamente y permitieron que AgriSolutions lo comercializara como una solución agrícola “segura y sostenible”.
10.Esta revelación ha intensificado aún más el escrutinio regulatorio que ya enfrentaba AgriSolutions. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), por protección a los consumidores, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) han anunciado una ampliación de la investigación, que ahora no solo apunta a AgriSolutions, sino también a su cadena de suministro. Sobre este punto, AgriSolutions manifestó que no tenía conocimiento de estos hechos, y que iniciará las investigaciones correspondientes frente a su proveedor EcoChem Labs, pero que en todo caso estos hechos no son atribuibles a su actuación si no a la de un tercero (EcoChem Labs) por lo que no habría riesgo para la operación.
11.Citando los crecientes riesgos reputacionales y regulatorios, GlobalTech invocó la cláusula MAE el 25 de enero de 2025. El Comprador argumentó que las revelaciones sobre GreenGrow y la posibilidad de multas regulatorias significativas perjudicaban materialmente el valor de la transacción. AgriSolutions rechazó estas afirmaciones, acusando a GlobalTech de explotar la situación para renegociar los términos del acuerdo.
12.En una comunicación privada, GlobalTech manifestó su intención de dar por terminado el contrato, así como la indemnización de perjuicios. Por su parte Terra Capital Partners manifestó que no estaba de acuerdo con la solicitud de terminación del contrato ni con los perjuicios alegados por GlobalTech, y propuso algunas fórmulas de arreglo relacionadas con las cláusulas de earn-out y el ajuste del precio con el fin de continuar con la operación.
INSTRUCCIONES
Teniendo en cuenta los hechos descritos y el Anexo No. 1 (SPA), por favor en un memorial exponga los principales puntos y argumentos desde la perspectiva del vendedor y el comprador (ambos), exponga posibles estrategias, puntos a considerar, salidas y riesgos para cada parte en el marco de esta operación. Por favor incorpore en sus argumentos jurisprudencia nacional y extranjera, laudos arbitrales y doctrina.
Ultima modificación: Febrero 27 de 2025
PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL CASO
En el siguiente formulario podrá realizar las preguntas sobre el concurso. Las respuestas serán publicadas en este mismo apartado.
1.Solicitamos que se adjunte la estructura de participación accionaria de Terra Capital Partners.
R/:Se trata de un fondo de inversión privado, estructurado como un fondo cerrado con varios inversionistas institucionales y privados. La composición accionaria específica no se ha revelado.
2.¿Qué porcentaje de financiación representaba el banco que retiro a su apoyo a Global Tech para la adquisición de Agrisolutions?
R/: El banco retirado representaba aproximadamente un 15% del total del crédito sindicado necesario para financiar la operación.
3.¿Las investigaciones adelantas por la SIC, ANLA e ICA contra Agrisolutions son preliminares o se realizó una apertura de cargos?
R/: Las investigaciones mencionadas se encuentran en etapa preliminar.
4.¿Qué porcentaje de adquisición de Agrisolutions se encuentra financiado por terceros? ¿Cuánto porcentaje se pagará con recursos propios de Global Tech?
R/: De los 12 mil millones, 8 mil millones se pagarán en efectivo, de esos 8 mil millones el 60% es financiado mediante un crédito sindicado y el 40% restante con recursos propios.
5.¿Global Tech tenía alternativas de financiación adicionales?
R/: Ninguna que se haya revelado hasta ahora, puede ser parte del debate.
6.¿Cuál es el valor representativo de mercado de las acciones de Agrisolutions tras los escándalos reputacionales?
R/: Algunos analistas estiman que tras los escándalos el valor de las acciones pudo haber disminuido entre un 10-15%
7.¿Cuáles fueron las fórmulas de arreglo propuestas por Terra Capital Partners relacionadas con la cláusula Earn-Out del SPA?
R/: El vendedor ha sugerido reducir el monto total del Earn-Out a la mitad, o negociar nuevos hitos financieros para su activación, nada concreto. Puede ser parte del debate.
8.¿Se firmo algún NDA, MOU o LOI entre Terra Capital Partners y Latam Agriholdings?
R/: Existieron acercamientos previos en los que se suscribió un NDA. No se formalizó un MOU ni LOI.
9.¿Cómo estaba configurada la cadena de suministros en Agrisolutions?
R/: Incluye proveedores internacionales y locales. EcoChem Labs es el proveedor clave del componente principal de GreenGrow.
10.¿A qué hace referencia la expresión "otros socios" señalada en el hecho 5? ¿Se trata de accionistas mayoritarios o minoritarios?
R/: Hace referencia a inversionistas institucionales del fondo Terra Capital Partners. Se trataría de socios minoritarios sin participación directa en la administración.
11.Solicitamos que se aporte el estado de situación financiera Agrisolutions verificado a través del proceso de Due Diligence por Global Tech.
R/: Se envían en este punto del debate los siguientes datos Corte a diciembre 31 de 2023 (valores en millones de USD)
Concepto | Valor (USD MM) | Comentario |
Activo Total | 9,800 | Compuesto principalmente por activos productivos, inventario y propiedad intelectual. |
▸ Activo Corriente | 1,700 | Incluye efectivo, cuentas por cobrar, inventarios. |
▸ Activo No Corriente | 8,100 | Mayormente maquinaria, plantas, terrenos y activos intangibles. |
Pasivo Total | 2,800 | Endeudamiento moderado, sin pasivos ocultos materiales. |
▸ Pasivo Corriente | 900 | Obligaciones comerciales y financieras a corto plazo. |
▸ Pasivo No Corriente | 1,900 | Créditos de largo plazo e impuestos diferidos. |
Patrimonio Neto | 7,000 | Totalmente en cabeza de Terra Capital Partners. |
Ingresos Operacionales (2023) | 4,650 | Aumento interanual del 9%. |
EBITDA (2023) | 1,350 | Margen EBITDA aproximado del 29%. |
Utilidad Neta (2023) | 620 | Refleja eficiencia operativa previa al escándalo de GreenGrow. |
Deuda Financiera Neta | 1,100 | Ratio Deuda Neta / EBITDA ≈ 0.81. |
12.Para efectos de entregar los escritos y de argumentar en la fase oral, que se debe asumir: ¿(i) que ya ocurrió el cierre de la operación o (ii) que aún este no ha pasado?
R/: Debe asumirse que el cierre aún no ha ocurrido, y que las partes están en la etapa entre firma y cierre.
13.¿Sería posible conocer el contenido de los correos electrónicos de los directivos de Agrisolutions divulgados por la organización activista ambiental a través de la red social X?
R/: Aquí uno de los correo revelados. Tener en cuenta que su autenticidad está en discusión:

14.¿Obtener el Earn-out del año 1 es requisito para lograr el earn out del año 2? ¿O este último puede lograrse sin obtener aquel?
R/: Son independientes. El cumplimiento del Earn-Out del segundo año no está condicionado al primero
15.¿El uso del químico que contiene GreenGrow está permitido por la Ley colombiana?
R/: El principio activo está autorizado en Colombia, pero bajo condiciones estrictas. Las dudas surgen por la posible omisión de riesgos y límites en los reportes de seguridad y fichas técnicas.
16.¿Qué pruebas exhibió el denunciante anónimo para afirmar que EcoChem Labs falsificó datos sobre la composición química de GreenGrow? ¿O son solo afirmaciones sin sustento, motivadas por un ánimo vengativo?
R/: El denunciante alega tener copias de documentos alterados y mensajes internos. No se ha verificado su autenticidad.
17.¿Latam Agri Holdings a quien le hizo su oferta? ¿En qué fecha realizó la oferta? ¿Qué acciones ha tomado el receptor oferta?
R/: Fue dirigida a Terra Capital Partners en diciembre de 2024. La propuesta, hasta donde se sabe ha sido discutida y revisada internamente, sin entrar en negociaciones directas con Latam Agri Holdings.
18.¿Las acciones de AgriSolutions Group S.A.S se comercializan en el mercado público de valores de algún país?
R/: No.
19.¿Cuál fue la fecha del Closing Date?
R/: Cláusula 2 del SPA (Anexo al caso en la página web).
20.¿Cuándo se realizaría el pago de las acciones del numeral 1.3 (b) del SPA?
R/: Las acciones de GlobalTech como parte del precio se transferirán en el momento del cierre.
21.¿Cómo se valorarían las acciones de GlobalTech Corporation en caso de que el comprador decida pagar el Earn-Out con estas? [SPA 1.6(c)(i)].
R/: El método de valoración fue incluido en un anexo técnico del SPA que no ha sido revelado completamente pero que incluye la siguiente cláusula:
In the event that Buyer elects to pay any portion of the Earn-Out Consideration in shares of GlobalTech Corporation, such shares shall be valued at their Fair Market Value (FMV) as of the Earn-Out Determination Date. The FMV shall be determined by averaging the results of:
(i) A valuation based on the Discounted Cash Flow (DCF) method using financial projections of GlobalTech certified by an independent auditor, discounted at an appropriate WACC; and
(ii) A valuation based on market multiples (EV/EBITDA, EV/Revenue, or other relevant metrics) derived from a peer group of publicly traded companies operating in similar sectors, adjusted as necessary by an independent valuation firm jointly selected by Buyer and Seller.
The final per-share value shall be the arithmetic average of the two methods set forth above, unless the Parties agree otherwise in writing.
22.¿Quién es el funcionario autorizado para efectos de firmar por parte del vendedor el certificado de veracidad de las declaraciones y garantías? [SPA 3.3].
R/: El representante legal de Terra Capital Partners, o quien este designe mediante poder.
23.¿Cuáles fueron las revelaciones por escrito que se le hicieron al comprador? [SPA 4.4].
R/: Incluyen informes financieros, registros regulatorios, contratos relevantes y certificaciones de seguridad de productos.
24.¿Cuál es el contenido del numeral (i) de la cláusula 5.1 del SPA?
R/: fue un error de numeración, el numeral (i) es el que aparece como (ii), y por tanto se corren los demás numerales.
25.¿Podría darse mayor claridad a la cláusula 5.1, literal (iv) sobre el supuesto a que aplica? "the negotiation, execution, or performance of this agreement, including any impact on relationships with employees, customers, suppliers, or regulators". (también, si se puede aclarar el error en la enumeración del contrato, en la cláusula 5.1., puesto que la enumeración empieza desde el literal (ii) y en el último párrafo de la misma se cita el literal i)
R/: Este supuesto cubre impactos negativos derivados de la firma del contrato mismo, como la pérdida de clientes por rumores de la venta. Existe un error de numeración, ver respuesta anterior.
26.¿El nivel de experticia de la compañía GlobalTech en el sector agropecuario se reduce a lo tecnológico o va más allá? ¿Se puede aclarar si tiene calidad de profesional en la industria agropecuaria?
R/: GlobalTech tiene experiencia tecnológica en soluciones para la agroindustria, pero no es considerada una empresa "profesional" del sector agropecuario tradicional.
27.¿La afectación reputaciones se concretó en algún impacto económico y operativo en AgriSolutions? ¿El producto se continúa comercializando?
R/: Se estima una caída del 20% en las ventas del producto GreenGrow. El producto aún se comercializa, con medidas de mitigación en marcha y un riesgo importante de que se suspenda su comercialización.
28.¿GlobalTech tiene u obtuvo conocimiento de la oferta que recibió Terra Capital Partners de parte de LatAm Agri Holdings? ¿El vendedor cumplió con la obligación de informar por escrito esa propuesta?
R/: GlobalTech fue informado con posterioridad y de forma limitada. El cumplimiento de la obligación de notificación por parte del vendedor es materia de discusión.
29.En virtud de la descripción de los hechos, así como en el contrato, se afirma que el comprador cumplió con la debida diligencia exhaustiva, ¿esta afirmación debe tomarse como un hecho totalmente cierto o puede haber discusión al respecto?
R/: puede haber discusión al respecto, aunque para efectos prácticos el proceso de debida diligencia fue robusto tomando como referencia operaciones de esta magnitud.
30.Debida diligencia: (a) Dentro del proceso de debida diligencia, ¿Qué información se solicitó al vendedor para demostrar la viabilidad ambiental? (b)¿Los documentos que se alegan falsificados fueron entregados al comprador dentro del proceso de due diligence? (c) ¿Qué documentos fueron solicitados y entregados con respecto al cumplimiento de la normativa medioambiental? (d) Dentro de los documentos solicitados y entregados, (i) ¿se encontraban los componentes del producto “GreenGrow”, es decir, las sustancias usadas en su elaboración?; (ii) ¿se encontraban los informes que la parte vendedora afirma fueron falsificados por EcoChem Labs?; (iii) ¿dentro de la información proporcionada había posibilidad de identificar los componentes que son dañinos para el medioambiente y la salud del producto “GreenGrow”?
R/:}
a) licencias ambientales, registros de venta, fichas técnicas de lo productos.
b) Si fueron entregados
c) estudios de impacto ambiental, registros de venta de los productos y fichas técnicas.
d) i) si, se enlistaron los componentes del producto; ii) si, se encontraban esos informes; iii) se podían identificar los componentes, pero estos son permitidos, los riesgos vienen en los límites de utilización de esos productos en cada composición, que es el punto que está siendo debatido por la supuesta falsedad.
31.Conocimiento sobre la toxicidad de “GreenGrow” por parte del Vendedor: Acerca de las comunicaciones de los directivos: (a) ¿Qué cargos tienen estos directivos? (b) ¿Estos directivos fueron parte de la negociación para la adquisición de AgriSolutions? (c) Los directivos que tenían conocimiento acerca de los problemas de Green Grow ¿Conocían que se estaba negociando la venta de AgriSolutions? (d)Las personas que hicieron parte de la negociación ¿tenían conocimiento de los problemas que había con el producto “GreenGrow”?
R/:(a) Se trata de altos ejecutivos de AgriSolutions con roles en operaciones, asuntos regulatorios y cumplimiento. (b) No participaron directamente en la negociación, aunque sí compartieron información interna. (c) Conocían sobre el proceso de venta. (d) No se ha probado con certeza que quienes negociaron tuvieran pleno conocimiento de los riesgos del producto.
32.Cadena de distribución: (a) ¿El producto “GreenGrow” se compra para la reventa o es materia prima para otros productos que desarrolla AgriSolutions? ( b) Teniendo en cuenta el mercado, ¿Qué tan factible y viable es conseguir otro proveedor que distribuya un químico que permita la producción del producto “GreenGrow” de forma adecuada ambientalmente y sin afectar la salud de los consumidores?
R/: (a) GreenGrow es utilizado como componente para la elaboración de otros productos t de AgriSolutions y también para reventa. (b) En el mercado existen alternativas, aunque podrían ser más costosas y requerir adaptación de procesos.
33.GreenGrow: (a)Asumiendo que el producto es adquirido para la reventa, ¿Qué porcentaje de las ventas de Agrisolutions representa el producto “GreenGrow”? (b)Si el producto es adquirido como materia prima para la producción de otros productos comercializados por AgriSolutions, ¿Porcentualmente hablando, de cuanto serían las perdidas comerciales de la sociedad? (c)Descripción detallada de ¿qué es el producto?, ¿qué hace?, ¿para qué sirve?, ¿cómo se usa? (d)¿Este componente químico que genero la controversia puede ser reemplazo por otro químico que no genere riesgos ambientales ni para la salud, sin alterar la eficacia del producto “GreenGrow”?
R/: (a) Representa entre el 18 % y el 22 % de las ventas anuales. (b) Las pérdidas comerciales potenciales podrían ser equivalentes al 15–20 % del EBITDA anual. (c) GreenGrow es un bioestimulante y pesticida (fungicida) agrícola que mejora la productividad de cultivos mediante aplicación foliar por aspersión o nebulización . (d) Sustitutos químicos existen, pero presentan diferencias en costos y eficacia.
34.Financiación: (a)¿Qué porcentaje del valor de la venta iba a ser financiado? (b)Con respecto al banco que retiró su financiación, ¿qué porcentaje del crédito sindicado iba a asumir el banco que retiró la financiación? (c)Teniendo en cuenta el retiro de uno de los bancos, ¿los otros bancos que se comprometieron a financiar la adquisición de AgriSolutions pueden asumir el valor que iba a aportar el banco que se retiró? (d)De no ser así, ¿GlobalTech Corporation puede cumplir con la obligación de pagar el saldo no financiado? (e)Frente a la modificación en las condiciones de la financiación negociada inicialmente como consecuencia de la controversia de “GreenGrow”¿en qué porcentaje se incrementaron las tasas de interés de la financiación de cada uno de los bancos? Explicación detallada de los cambios de las tasas.
R/: (a) Se proyectaba que el 60 % del valor de la transacción sería financiado por terceros. (b) El banco que se retiró tenía comprometido aproximadamente el 15 % del crédito sindicado. (c) No se ha confirmado si los bancos restantes asumirían ese valor; existen restricciones de riesgo interno. (d) GlobalTech podría cubrir parcialmente el faltante con recursos propios, aunque esto presionaría su flujo de caja. (e) Las tasas de interés aumentaron en promedio 90 puntos básicos (0.9 %), con variaciones dependiendo del banco.
35.Oferta de LatAm Agri Holdings: En cuanto a la oferta realizada por LatAm Agri Holdings, ¿en qué fecha inició la negociación para la adquisición de AgriSolutions?; ¿se realizó un proceso de due diligence antes de que se iniciaran las negociaciones con GlobalTech?; en caso de que sí se haya realizado un proceso de due diligence, ¿bajo que términos se dio este?; ¿Cómo se realizó el proceso de negociación?; ¿de que forma se fijó el precio para la adquisición de AgriSolutions?
R/: La oferta fue conocida por Terra Capital en diciembre de 2024. Hubo un due diligence inicial bajo NDA, este se hizo entre agosto y septiembre de 2024. No hay evidencia de términos definitivos y tampoco de negociaciones formales después de septiembre de 2024. El precio propuesto rondaba los USD $10,000 millones, mediante una valoración por DCF hecha por LatAm Agri Holdings.
36.Propuesta de arreglo: Frente a lo propuesto por Terra Capital Partners para no terminar el SPA ¿Cuál es la propuesta detallada realizada por ellos?; ¿Se busca eliminar el earn-out o solo reducirlo?; en caso de que solo se busque reducirlo, ¿cómo quedaría la cláusula de earn-out?; ¿en qué proporción se disminuiría el earn-out?
R/ fue una propuesta de arreglo informal, ver respuesta No. 7. Nada concreto aún, puede ser parte del debate del caso.
37.¿La propuesta de solución puede consistir en una salida del conflicto negociada? Es decir, ¿necesariamente los planteamientos de cada postura deben ser litigiosos y se debe interponer una acción/demanda? ¿O pueden proponerse acuerdos?
R/: Pueden proponer todas las salidas posibles, negociadas o litigiosas, sin embargo, en los debates orales la idea es que haya debate entre los participantes, por lo que deberán tener en cuenta esto a la hora de proponer salidas negociadas.
38.¿El trámite se desarrolla completamente por escrito o requiere sustentación oral?
R/: Hay dos fases: escrita y oral, por favor revisar el reglamento del concurso.
39.¿Lo que se suscribió entre GlobalTech y AgriSolutions fue un precontrato o un contrato definitivo de compraventa?
R/: es un contrato de compraventa.
40.La dinámica del debate. Dudas respecto a esto, si la dinámica es estilo audiencia o solo un debate con las demás partes.
R/: es estilo audiencia, con intervenciones por turnos, réplicas y preguntas de los jurados.
41.En relación con las fuentes que utilizaremos en el memorial y en las exposiciones orales posteriores, ¿cuál es el orden jerárquico que se considerará al calificar o al evaluar un argumento frente a otro basado en una fuente diferente?
R/: Priman normas vinculantes del ordenamiento jurídico aplicable, luego el contrato, y luego doctrina y jurisprudencia nacional o internacional.
42.Cómo se determinó el valor comercial de AgriSolutions Group S.A.S.
R/: combinación ponderada entre el método de valoración por múltiplos de mercado, complementado con un modelo de DCF.
43.¿Cuáles eran los términos generales de la financiación que había recibido Global Tech? ¿Qué porcentaje de la adquisición sería financiada? Tenía GlobalTech otros mecanismos de financiación disponibles?
R/: por favor remitirse a las respuestas anteriores. No. 2, 4 y 34.
44.¿Cuál es la ley aplicable a Terra Capital Partners y sus administradores?
R/: las leyes del Reino Unido.
45.¿Los administradores de AgriSolutions cumplieron con sus deberes fiduciarios en la operación de la compañía?
R/: No se ha demostrado incumplimiento. Se presume que actuaron conforme a su deber de diligencia, salvo prueba en contrario. Esto puede ser objeto del debate.
46.¿Cuál es la política de inversión y desinversión de Terra Capital Partners, sea corporativa o contractual, incluyendo en estrategias de salida?
R/: Busca retorno en un plazo entre 7 y 10 años. La política contempla desinversión por IPO, venta estratégica o venta a otros fondos (SBO).
47.Se permite incluir anexos o apéndices en la entrega de las memorias? ¿Cuentan esos anexos o apéndices dentro del límite de las 4000 palabras?
R/: No se pueden enviar anexos
48.¿En qué consistía la disputa interna en Terra Capital Partners sobre la renegociación de términos del SPA?
R/: En los hechos del caso se describe la disputa interna, esta versó sobre si se podía y era estratégico negociar nuevamente los términos del contrato, insistir con los términos originales con GlobalTech o salir del negocio y seguir con otro inversionista interesado.
49.¿Cuales son las licencias de la ANLA y del ICA requeridos para la operación de AgriSolutions?
R/: principalmente licencias ambientales y registros de venta ICA.
50.¿El EBITDA utilizado para cálculos de determinación y ajustes al precio incluye no-debt basis?
R/: No. El EBITDA utilizado para el ajuste de precio se calcula sobre una base libre de deuda ("no-debt basis") y antes de intereses, impuestos, depreciación y amortización. Esto está alineado con la cláusula 1.4 del SPA, la cual establece que el ajuste se hace con base en el EBITDA auditado bajo IFRS, sin considerar estructuras de capital o deuda existente.
51.¿Cuál es el rol de AgriSolutions en la cadena de producción, distribución, comercialización de Green Grow?
R/: AgriSolutions es responsable de mezclar, empacar y comercializar el producto GreenGrow bajo su marca. Aunque el componente base es suministrado por EcoChem Labs, AgriSolutions integra dicho componente en su proceso productivo y lo distribuye tanto para consumo directo como parte de otros productos complementarios.
52.En la cláusula 1.4, el ajuste del precio de compra se basa en el EBITDA, pero no se especifica si el ajuste se aplicará de manera lineal o si hay un umbral mínimo antes de que comience a aplicarse el ajuste. ¿Se reducirá el precio de forma proporcional o con escalones definidos?
R/: El ajuste se aplicará de forma proporcional (lineal) desde el momento en que el EBITDA anual auditado se ubique por debajo de USD $1.2 B. No se establecen escalones ni umbrales adicionales en el SPA. La reducción puede llegar hasta un máximo del 15% del precio total.
53.La cláusula 1.6(d) indica que el comprador no debe tomar acciones con el “primary purpose” de frustrar el Earn-Out. ¿Cómo se determinaría la intencionalidad? ¿Existen métricas objetivas para evaluar si una decisión del comprador tuvo este “primary purpose”?
R/:La intencionalidad podrá deducirse con base en un análisis objetivo del contexto, incluyendo: (i) la razonabilidad de la decisión comercial en relación con la práctica “estándar” de la industria, (ii) comunicaciones internas, cronología de decisiones y documentación de respaldo. No se definen métricas automáticas, pero sí existe espacio para evaluaciones contextuales con base en buena fe y principios de comportamiento razonable
54.¿Cuáles son los límites temporales y monetarios a las obligaciones de indemnidad de las partes?
R/: cláusula 6 del SPA.
55.En el hecho #6, la expresión “puso en jaque la exclusividad del acuerdo con Globaltech” ¿tiene algún significado jurídico específico o se trata únicamente de una expresión narrativa?
R/: es una expresión narrativa.
56.¿Cuál es el capital social de Global Tech y en cuántas acciones se divide?
R/: Globaltech tiene aproximadamente 800 millones de acciones ordinarias con valor referencial de USD$50 por acción.
57.¿Quiénes son los accionistas de Global Tech y qué participación tiene cada uno?
R/: Para fines del caso, se puede asumir que tiene una composición accionaria diversificada sin estar completamente atomizada, con dos fondos institucionales como mayoritarios, uno con el 34% y otro con el 26%, una compañía latinoamericana que tiene un 15%, los fundadores con un 12% y minoritarios con un 13%.
58.¿Cuál es el capital social de Latam Agri Holdings y en cuantas acciones se divide?
R/: 200 millones de acciones ordinarias, Capital de USD $3000 Millones.
59.¿Quiénes son los accionistas de Latam Agri Holdings y qué participación tiene cada uno?
R/:
Accionista | Participación (%) |
Fertivida Holding B.V. (Países Bajos) | 45% |
Andes BioCapital S.C.A. (Luxemburgo) | 20% |
Grupo Empresarial Latorre (Chile) | 15% |
EmergeLatam Ventures Inc. (EE.UU.) | 12.5% |
Otros inversionistas minoritarios | 7.5% |
60.¿Los 4 mil millones en acciones que pagará Global Tech, se van a emitir o ya están en circulación?
R/: se van a emitir.
61.¿Cuál es el sistema de financiación que pretende usar Global Tech para el pago del precio en efectivo?
R/: ver respuestas anteriores.
62.¿Cuál era el porcentaje de participación en el crédito del banco que retiró su financiación en el hecho 4?
R/: ver respuestas anteriores.
63.¿Cuál ha sido la evolución de los ingresos netos (Net Income Margin) de Agri Solutions en los últimos 10 años?
R/: la evolución de los indicadores financieros no está detallada a los largo de los 10 años previos, en el proceso de debida diligencia se presentaron datos agregados que reflejaban una tendencia positiva y estable hasta el año 2023.
64.¿Cuál ha sido la evolución del flujo de caja (Cash Flow Statement) de Agri Solutions en los últimos 10 años?
R/: ver respuesta anterior.
65.¿Cuál ha sido la evolución del EBITDA de Agrisolutions en los últimos 10 años?
R/: ver respuesta anterior.
66.¿Qué porcentaje del EBITDA de Agrisolutions representan las ventas de GreenGrow?
R/: ver pregunta 33.
67.¿Cuánto ha sido el EBITDA de Agrisolutions para el primer trimestre de 2025?
R/: en este momento se están analizando las cifras, pero se estima que entre USD 300 millones y USD 296 millones.
68.¿En cuánto han caído las ventas del producto GreenGrow en el primer trimestre de 2025 en comparación con las ventas del primer trimestre de 2024?
R/: aproximadamente un 28%
69.¿Agrisolutions es dominante en el mercado de protección de cultivos colombiano? ¿Tiene competidores directos en este mercado? De ser así, ¿tienen relación jurídica o financiera con Latam Agri Holdings?
R/: AgriSolutions es un actor dominante en el mercado colombiano de protección de cultivos. Tiene competidores directos, algunos de los cuales tienen alianzas comerciales con grupos de inversión relacionados con Latam Agri Holdings.
70.¿GreenGrow se comercializa en países distintos a Colombia?
R/: se comercializa en otros países de la región andina.
71.¿Con qué fuentes contó el reportaje elaborado por el medio de comunicación que se relata en el hecho 3?
R/: El reportaje se basó en documentos filtrados, declaraciones de un denunciante anónimo y entrevistas a ex empleados, pero la autenticidad de todos los documentos no ha sido plenamente verificada.
72.¿Cual es el componente químico presuntamente tóxico que contiene GreenGrow?
R/: en los documentos filtrados inicialmente se hablaba de sulfato de cobre pentahidratado.
73.De no ser posible saber cuál es el componente químico, ¿cuál es la categoría técnica de riesgo en la que se ha clasificado, ya sea por instituciones nacionales o internacionales como la Organización Mundial de la Salud, el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y etiquetado de productos químicos y la Unión Internacional de Química Pura y Aplicada o por sistemas técnicos como “frases R, S y H?
R/: H302, H318 y H410.
74.¿EcoChem Labs suministra a Agrisolutions un componente para la elaboración de GreenGrow o el producto terminado?
R/: EcoChem Labs suministra el componente base activo con el que AgriSolutions formula internamente el producto GreenGrow. Greengrow se vende solo o mezclado con otros compuestos.
75.Tomando en cuenta que en la cláusula 2 se establece como fecha máxima para cumplir las condiciones precedentes al cierre el 15 de abril, y que el memorial se presenta hasta el 28 de abril ¿A qué fecha se deben entender presentados los argumentos del memorial?
R/: Para efectos del debate, los hechos deben entenderse con corte al 15 de abril de 2025, fecha en que vencía el plazo para cumplir las condiciones precedentes al cierre.
76.¿Existen actualmente demandas radicadas o sentencias en firme contra Agrisolutions por daños causados por GreenGrow?
R/: No que se conozcan en este momento.
77.¿Existieron procesos administrativos sancionatorios que investigaran a Agrisolutions o al producto Greengrow u otros productos de la sociedad? Si así fuera ¿cómo concluyeron?
R/: están en etapa preliminar.
78.En la etapa preliminar de los procesos sancionatorios, ¿se han encontrado hallazgos que permitan establecer medidas preventivas ambientales o de otro tipo?
R/: Las entidades regulatorias aún no han concluido la indagación preliminar, se espera que concluya a inicios de mayo del 2025.
79.¿Desde cuándo se otorgó la licencia ambiental al producto GreenGrow y cuando inició su comercialización?
R/: GreenGrow obtuvo su licencia ambiental en 2021 e inició su comercialización en el primer trimestre de 2022.
80.¿Existen o existieron procesos administrativos sancionatorios que involucren a EcoChem Labs y si así fuera, en qué estado se encuentran?
R/: No se tiene conocimiento de procesos sancionatorios en curso contra EcoChem Labs en Colombia.
81.¿Los estudios de due diligence del hecho 2, fueron realizados por un tercero o por Globaltech?
R/: fue liderado por equipos internos de Globaltech con ayuda de asesores independientes.
82.En la cláusula 5.1. del SPA se enumeran siete casos que no constituyen efecto material adverso, iniciando en la (ii) y terminando en la (viii). Luego en la misma cláusula se hace referencia a los literales (i), (iii), y (iv). Dado que ningún supuesto se denominó como (i), ¿esta cláusula se va a cambiar o debemos interpretarla tal como aparece?
R/: fue un error de numeración, la aclaración está en las respuestas anteriores.
83.¿Terra Capital Partners ha hecho algún pronunciamiento sobre la oferta de Latam Agri Holdings?
R/: nada oficial.
84.En el acuerdo de financiación de Globaltech para la compra, ¿existe una cláusula de cambio adverso de condiciones materiales que permita la salida de los bancos?
R/: si, dicha cláusula fue invocada por el banco que se retiró.
85.¿Algún socio mayoritario hacía parte de la Junta Directiva de Terra Capital Partners? De ser así, ¿cuál es el papel que tiene este socio en la junta directiva?, ¿quiénes más la componen? Y ¿cuál fue la postura de dicho socio en la discusión de los inversionistas del hecho 5?
R/: Uno de los socios institucionales mayoritarios tiene representación en la Junta Directiva de Terra Capital Partners. Se manifestó a favor de renegociar el SPA para preservar el valor de la inversión.
86.¿Cuál era la naturaleza de la reunión de inversionistas en el hecho 5? (Junta Directiva, Asamblea General, etc.). De acuerdo con esto, ¿tenían la facultad de generar un documento decisorio respecto de la continuación de la operación?
R/: fue una reunión del Comité de Inversiones, parte del Advisory Committee del fondo.
87.¿Surgió alguna declaración, acta o documento relacionado con la compra de acciones a partir de la discusión de la reunión de inversionistas del hecho 5?
R/: Se generó un acta interna con recomendaciones y consideraciones estratégicas, pero no un documento decisorio vinculante.
88.El hecho 10 del caso alude a un escrutinio regulatorio, al respecto qué tipo de actuaciones administrativas se han iniciado en la SIC, la ANLA y el ICA, en qué etapa se encuentran, contra quienes se dirigen, si en ellas se han proferido sanciones y si se han decretado medidas cautelares?
R/: todas en indagaciones preliminares, no hay pliegos de cargos ni sanciones en firme. Por el momento todas contra Agrisolutions.
89.¿Cuáles son las cláusulas a que se refiere el último inciso de la cláusula 5.1 teniendo en cuenta que no hay cláusula i) y se hace alusión expresa en el acuerdo a la misma?
R/: error de numeración, ver aclaraciones en los puntos anteriores.
90.¿Qué tipo de actuaciones, internas y externas, judiciales y administrativas, adelantó AgriSolutions, entre el 2022 y el 2024, respecto de las actuaciones de Ecochem Labs relacionadas con los posibles problemas con GreenGrow?
R/: Ninguna conocida antes del escándalo, después del escándalo inició gestiones internas con su área legal , de cumplimiento y de calidad.
91.¿Se han negociado o modificado cláusulas del SPA desde su firma inicial, y en caso afirmativo, cuáles han sido?
R/: Hasta la fecha establecida para el debate, no se ha informado de modificaciones oficiales o adendas al SPA posterior a su firma.
92.¿Han tomado los consumidores alguna acción judicial o administrativa respecto a la situación con GreenGrow y respecto a otros productos de Agrisolutions, y en caso afirmativo, cuáles han sido?
R/: No hay registro en el caso de acciones judiciales o administrativas presentadas por consumidores. No se descarta que esto pueda ocurrir dependiendo del avance de las investigaciones regulatorias.
93.¿Cuál es la composición accionaria de Global Tech, Terra Capital Partners, Latam Agri Holdings y EcoChem Labs?
R/: ver respuestas anteriores.
94.Alguna de las sociedades involucradas cotiza en Bolsa?
R/: ninguna.
95.¿Qué porcentaje del mercado representa actualmente AgriSolutions en el sector de agronegocios, tecnologías agrícolas sostenibles y productos de protección de cultivos colombiano y cómo se espera que esta participación cambie tras la adquisición por GlobalTech Corporation?
R/: en el sector de agronegocios un 30% del mercado, en el de tecnologías agrícolas sostenibles un 25% y en el de protección de cultivos entre un 33% y 39%.
Se proyectaban cambios en la participación en el mercado así: protección de cultivos: del 42% al 45%, tecnologías agrícolas sostenibles: 35%, agronegocios del 30% en Colombia a un crecimiento regional del 15% al 20%.
96.Adicional a Green Grow, ¿qué otros productos y servicios componen el portafolio de AgriSolutions y cuál es su cuota de participación en el mercado producto y geográfico ?
R/: tiene un portafolio diverso en fertilizantes con una cuota del 8% en Colombia y Ecuador. Y los ya mencionados en la respuesta anterior en protección de cultivos, tecnologías agrícolas, etc.
97.¿Qué porcentaje representa el o los insumos suministrados por EcoChem Labs para el producto Green Grow y otros de Agrisolution?
R/: No se indica el porcentaje exacto de insumos que EcoChem Labs provee a AgriSolutions. El hecho 2 sugiere una relación comercial significativa en cuanto a GreenGrow.
98.¿Se realizaron evaluaciones independientes o contramuestras sobre la calidad y veracidad de los datos de seguridad de GreenGrow antes de la firma del SPA, y qué revelaron dichos análisis?
R/: No se menciona que se hayan realizado contramuestras o estudios independientes antes del cierre. La información se habría basado en lo presentado por EcoChem Labs y auditado por terceros durante el due diligence.
99.¿En las normas estatutarias o cualquiera interna de las sociedades involucradas en el proceso, existe el derecho de veto o alguna potestad que le permita a un socio o grupo de ellos detener o bloquear una decisión relevante para la sociedad?
R/: No.
100.¿Se ha presentado una disminución en los ingresos y/o utilidades de AgriSolutions debido a la crisis reputacional de GreenGrow?
R/: ver respuestas anteriores.
101.¿AgriSolutions ha perdido alguna oportunidad de negocio debido a la crisis reputacional de GreenGrow?
R/: nada que haya sido público aún, pero si ha habido impacto en el primer trimestre del año. Ver respuestas anteriores.
102.¿Podrían proporcionar más detalles sobre el producto Green Grow, incluyendo sus características, beneficios, recomendaciones de uso, presentaciones disponibles y precios?
R/: ver respuestas anteriores.
103.Existen proveedores alternativos y competitivos a Ecochem Labs que pudieran suministrar productos a AgriSolutions para la fabricación de GreenGrow, considerando aspectos como calidad, costos y disponibilidad?
R/: si podrían haber, pero podrían ser mas costosas. El debate puede explorar esta posibilidad.
104.¿Quiénes dentro de la target tuvieron acceso a la información del proceso de due diligence y hasta qué punto la conocieron?
R/: Altos directivos del target, comités, junta directiva y representantes legales tuvieron amplio acceso a la información.
105.¿AgriSolutions tenía cláusulas de indemnidad con Ecochem Labs en sus contratos de suministro?
R/: No se menciona la existencia de cláusulas de indemnidad en los contratos con EcoChem Labs. Sería una hipótesis plausible a explorar en el marco del caso.
106.¿En qué fecha presentó Latam Agri Holdings su oferta de compra a Agri Solutions?
R/: ver respuesta 35.
107.¿AgriSolutions exporta sus productos, si es así indique cuáles y a qué países?
R/: si, algunos de sus productos a países de la región andina. Ver respuestas anteriores.
108.¿Cómo afectó la investigación la demanda de los productos de AgriSolutions y los precios en el mercado?
R/: ver respuestas anteriores.
109.¿Cómo afectó la investigación la capacidad financiera de AgriSolutions, especialmente en cuanto a su acceso a financiamiento y su costo de capital?
R/: ver respuestas anteriores.
110.¿Cómo afectó la investigación en términos de costos de producción y márgenes operativos de AgriSolutions?
R/: Ver respuestas anteriores.
111.¿La crisis reputacional de GreenGrow ha generado una disminución en los ingresos o utilidades de AgriSolutions?
R/: ver respuestas anteriores.
112.¿Qué productos disponibles en el mercado podrían sustituir a GreenGrow?
R/: No se especifican sustitutos directos de GreenGrow, aunque es razonable pensar que existen productos similares en el mercado local o internacional.
113.¿Existe alguna restricción normativa o regulatoria que limite la expansión global o regional de los productos de AgriSolutions?
R/: No se mencionan restricciones regulatorias directas a la expansión internacional, aunque la licencia del ICA y los cuestionamientos regulatorios pueden generar barreras indirectas.
114.¿Cuál es el alcance geográfico y demográfico de los medios de comunicación que han difundido la situación de GreenGrow?
R/: El caso menciona que la situación tuvo cobertura por medios de comunicación de alcance internacional y regional, especialmente por el impacto ambiental del producto.
115.¿Hasta dónde se extendería la investigación y cuánto tiempo tomarían las entidades en finalizarla?
R/: la de la ANLA en etapa preliminar máximo 6 meses, la del ICA en etapa preliminar máximo 30 días. Ver los procesos sancionatorios de cada entidad si quieren profundizar en esto.
NOTAS DE CLASIFICACIÓN
A continuación les compartimos las notas promedio de la fase escrita, únicamente pasan a la fase oral aquellos equipos cuya nota promedio sea de 7.5 o mayor:
Nombres | Universidad | Nota promedio de fase escrita |
ZULLY VANESSA CLAROS TRUJILLO - JULIÁN CAMILO ROMERO SANABRIA | Universidad Externado de Colombia | 8,03 |
ROBIER JOSE LARA TORRES - LUZ MICHELLE ORTEGA ZAMBRANO | Universidad Tecnológica de Bolívar | 7,88 |
GEREMY SEBASTIÁN SAENZ ATUESTA - JUAN PABLO ARIZA AMADOR | Universidad Nacional de Colombia | 7,82 |
LIDA VALENTINA ÁVILA CASTILLO - ANGÉLICA MARÍA MORENO RUIZ | Universidad Militar Nueva Granada | 7,76 |
Pablo Rocha Londoño - Andrés Varela Jaramillo | Pontificia Universidad Javeriana | 7,66 |
TOMÁS CANO LONDOÑO - JACOBO ESCOBAR GARCIA | Universidad EAFIT | 7,65 |
TOMAS DAVID SALCEDO BOTERO - JUAN EDUARDO ORTIZ | Universidad del Rosario | 7,53 |
NATALIA PACHÓN PIESCHACÓN - ANDREA POBRE CORREA | Universidad El Bosque | 7,5 |
SILVIA FERNANDA VARGAS OROZCO - CAROL VANESSA SIACHOQUE UREÑA | Universidad Industrial de Santander | 7,09 |
LAURA CAMILA VILLA MATAJUDIOS - ANGELA MARIA RIVAS TIBAQUIRA | Universidad Cooperativa de Colombia | 6,91 |
MANUEL RAFAEL CASTRO VALDELAMAR - FEDERICO DE JESÚS LAVIS SANTANDER | Universidad Libre - Sede Cartagena | 6,8 |
MOISÉS DANIEL NARANJO ARGEL - NAYELIS HERNANDEZ HERNANDEZ | Universidad Cooperativa de Colombia | 6,13 |
HECHOS NUEVOS
Modificación del Reglamento de todos los Concursos de Debate ACD – Anuncio sobre los hechos nuevos
La Asociación informa que los hechos nuevos y/o variación de los hechos del caso no serán revelados con antelación. Estos se anunciarán únicamente al inicio de la tercera ronda oral – Debate Final, y no se publicarán junto con las notas de los equipos clasificados al debate oral.