top of page

Concurso Regional de Debate en Derecho Penal "Germán Cavelier" 2026-2

  • 14 jul
  • 17 min de lectura

Actualizado: 30 jul


REGLAMENTO 2026


I. Generalidades


La inscripción en el concurso implica la aceptación incondicional del presente reglamento y de las decisiones de los organizadores.


La inscripción no tiene costo.


El jurado estará integrado por especialistas en la materia objeto de análisis e incluirá al menos un miembro de la Asociación Cavelier del Derecho o de Cavelier Abogados. Sus decisiones son definitivas e inapelables.


II. Participantes


Pueden participar los estudiantes de pregrado en Derecho de los departamentos de Boyacá, Tolima, Huila, Cauca, Nariño, Caquetá y Putumayo, que a la fecha del debate oral, no hayan obtenido el título de abogado, incluidos quienes estén completando sus requisitos de grado.

Parámetro 

Regional

Equipos por universidad 

Hasta tres (3) 

Integrantes por equipo 

Dos (2) 

Entrenadores por equipo 

Uno (1) o dos (2). Un mismo entrenador puede apoyar hasta dos (2) equipos. No es obligatorio. 


Auxilio de transporte


La Asociación reconocerá un auxilio de transporte a cada uno de los dos integrantes del equipo, con base en los topes máximos de la siguiente tabla:


Departamento

Ciudad de origen

Tope máx. (COP)

Boyacá

Tunja

~$450.000

Tolima

Ibagué

~$700.000

Huila

Neiva

~$700.000

Cauca

Popayán

~$650.000

Caquetá

Florencia

~$750.000

Putumayo

Mocoa

~$550.000


El auxilio se otorga bajo las siguientes condiciones:


  • Cobertura: trayecto ida y/o regreso entre la ciudad de origen y la ciudad sede del debate oral, hasta el tope indicado por ciudad.

  • Valor reconocido: el efectivamente pagado. Si el tiquete es inferior al tope, se reembolsa solo lo pagado.

  • Exclusiones: no incluye viáticos, transporte interno, alimentación ni hospedaje.

  • Momento del pago: después de finalizado el concurso.

  • Soportes requeridos: factura de compra, comprobante de pago y tarjeta de embarque o constancia del viaje (cuando aplique).

  • Plazo para radicar soportes: cinco (5) días hábiles siguientes a la finalización del concurso.

  • Plazo de pago: quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de radicación.

  • Solicitud: formulario disponible en https://forms.gle/GM1JemjKjyLH8Kuu5 

  • No se reconocerá el auxilio a quien no cumpla los plazos o no allegue los soportes requeridos.


III. Fases del concurso


1. Convocatoria


La convocatoria se publicará en la página web y las redes sociales de la Asociación Cavelier del Derecho (www.asociacioncavelier.com), donde estarán disponibles el caso, el reglamento y el formulario de inscripción.


2. Preguntas sobre el caso


Los integrantes y entrenadores de los equipos podrán solicitar aclaraciones sobre el caso o el concurso a través del sitio web de la Asociación, hasta la fecha indicada en el cronograma. Las preguntas y respuestas se publicarán en el mismo espacio.


3. Inscripción y entrega de la memoria escrita


La inscripción y la entrega de la memoria escrita se realizan en línea, en el mismo formulario disponible en www.asociacioncavelier.com. Una vez inscrito el equipo, no se podrán añadir ni modificar sus integrantes ni entrenadores.


Mínimo de equipos: la Asociación se reserva el derecho de declarar desierto el concurso si, vencida la fecha de inscripción, el número de equipos inscritos es inferior a ocho (8).


Si una universidad inscribe más equipos de los permitidos según la tabla anterior, se descartarán los excedentes en orden inverso de inscripción o los que no hayan estado probados por su universidad.


4. Fase escrita

Cada equipo deberá presentar una memoria escrita en la que sustente las posiciones establecidas en el caso. Todas las posiciones deben constar en un único documento, elaborado conforme a los siguientes parámetros:

Parámetro 

Especificación 

Extensión 

Máximo 4.000 palabras. El conteo debe indicarse al final del texto. 

No se contabiliza 

Pies de página, referencias bibliográficas, normativas y jurisprudenciales, mapas conceptuales, cuadros sinópticos e imágenes. La cita del texto normativo sí se contabiliza. 

Normas de citación 

APA, séptima edición. 

Tipo y tamaño de letra 

Arial, 12 pt. 

Interlineado 

1,5. 

Tamaño de hoja 

Carta. 

Márgenes 

Predeterminados de Word. 

Formato de entrega 

PDF, sin nombres de los integrantes ni de la universidad. El formulario de inscripción permite identificarlos internamente. 

A continuación, encontrará disponible el formato de uso OBLIGATORIO descargable para su memoria escrita:




4.1  Criterios de evaluación de la memoria escrita


  • Solidez argumentativa jurídica: Evalúa la calidad del razonamiento: coherencia lógica entre premisas y conclusiones, pertinencia de los argumentos frente al problema jurídico, capacidad de anticipar y refutar contraargumentos, y aplicación correcta del derecho a los hechos del caso.

  • Dominio sustantivo y uso de fuentes: Mide el conocimiento del área específica del concurso (marcas, laboral, ambiental, etc.) y la calidad del soporte: uso pertinente de normativa vigente, jurisprudencia relevante (nacional e internacional cuando aplique) y doctrina autorizada, con citación adecuada.

  • Estructura, redacción y cumplimiento formal: Cubre claridad y precisión del lenguaje jurídico, organización del documento (hechos, problema jurídico, argumentos, pretensiones), corrección gramatical y ortográfica, y observancia de las reglas formales del concurso (extensión, formato de citación, partes obligatorias).


4.2  Publicación de resultados


Clasifican a la fase oral los diez (10) equipos con mejor calificación que hayan obtenido un mínimo de 7,5 / 10.


Las notas son definitivas. No habrá lugar a revisión ni a retroalimentación por parte del jurado.


La Asociación se reserva el derecho de declarar desierto el concurso si menos de seis (6) equipos alcanzan la nota mínima. Los resultados se publicarán en la página web.


5. Fase oral


Esta fase se compone de tres (3) rondas. La nota de la memoria escrita no se tendrá en cuenta durante esta fase.


Disposiciones generales de la fase oral


  • Eliminación por ausencia: el equipo que no esté presente a la hora de inicio establecida podrá ser eliminado por decisión del jurado.

  • Prohibición de sustituciones: no está permitida la participación de equipos incompletos ni la sustitución de ningún integrante.

  • Ronda de eliminación previa: si el número de equipos clasificados a la fase oral es impar, los dos equipos de menor puntaje en la fase escrita debatirán en una ronda previa. El ganador ocupará en la Primera Ronda la posición del clasificado con menor puntaje y se enfrentará al equipo con la mejor nota, conforme al sistema de emparejamiento general.

  • Notas definitivas: las notas de cada ronda son definitivas. No habrá lugar a revisión ni a retroalimentación por parte del jurado.

  • Empates: en caso de empate de notas en una posición decisiva, el desempate se hará con la calificación de la memoria escrita. De persistir el empate, lo resolverá el jurado.

  • Publicación de resultados: los resultados de cada ronda se comunicarán al cierre del mismo día y se publicarán en la página web de la Asociación.


A. Primera Ronda


El equipo con la mejor nota de la fase escrita se enfrentará al de menor nota, y así sucesivamente. Se sorteará la posición que defenderá cada equipo.


La exposición estará a cargo de los dos integrantes. Solo podrán apoyarse en material impreso; se recomienda traer los códigos o normas que puedan necesitar. Queda prohibido el uso de dispositivos electrónicos durante la audiencia, salvo para contabilizar el tiempo de exposición.


Tiempos: cada equipo dispone de los tiempos máximos que se relacionan en la siguiente tabla:

Momento 

Equipo activo 

Duración máxima 

Exposición 

Equipo expositor 

10 minutos 

Preguntas o intervenciones (hasta 3) 

Contraparte 

1 minuto cada una 

Respuesta a cada pregunta 

Equipo expositor 

1 minuto cada una 

Comentario final sobre la respuesta 

Contraparte 

1 minuto 

Preguntas e intervenciones del jurado 

Jurado 

Sin descuento del tiempo de exposición 

El jurado podrá hacer preguntas relacionadas con los hechos del caso o la materia de estudio en cualquier momento.


Criterios de evaluación:


  • Argumentación jurídica Los planteamientos son lógicos, coherentes y respaldados en fuentes jurídicas pertinentes. El equipo identifica y refuta con precisión los argumentos centrales de la contraparte.

  • Dominio jurídico bajo réplica Cada integrante responde con rigor técnico las preguntas del jurado y la contraparte, sin contradicciones y con conocimiento preciso de las fuentes invocadas.

  • Comunicación y desempeño El equipo emplea vocabulario jurídico apropiado, se expresa con claridad, respeta el tiempo asignado y mantiene una conducta profesional durante toda la intervención.


A la Segunda Ronda – Semifinal pasarán los cuatro (4) equipos con las mejores notas.


B. Segunda Ronda – Semifinal


El jurado realizará únicamente preguntas de derecho relacionadas con el caso y con el tema de estudio, con el fin de evaluar el conocimiento de cada estudiante. Cada jurado hará una (1) pregunta inicial a cada equipo, sobre la cual podrá ahondar lo que considere pertinente. Aplican los mismos criterios de evaluación de la Primera Ronda.


A la Tercera Ronda – Final pasarán los dos (2) equipos con las mejores notas de esta ronda.


C. Tercera Ronda – Final


Las exposiciones, preguntas, intervenciones y respuestas versarán sobre el caso inicial, con énfasis en los hechos nuevos que se entregarán a los finalistas diez (10) minutos antes del inicio de la ronda, o en el tiempo que el jurado determine.


Aplican los mismos criterios de tiempo y evaluación de la Primera Ronda. El jurado determinará el primer y el segundo puesto y podrá designar al mejor/a orador del concurso.


IV. Incentivos educativos


Una vez finalizado el concurso, los integrantes de los equipos ganadores recibirán, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes, un correo con el diploma y las instrucciones para la redención del incentivo educativo.


Estudiantes

Puesto 

Incentivo educativo (COP) 

Primer puesto 

$14.000.000 

Tres cursos gratuitos en EduCa - Educación Cavelier para cada integrante del equipo. (https://www.educacioncavelier.com/)

Segundo puesto 

$ 6.000.000 

Dos cursos gratuitos en EduCa - Educación Cavelier para cada integrante del equipo. (https://www.educacioncavelier.com )

Mejor orador/a 

$1.000.000 

Un curso gratuito en EduCa - Educación Cavelier para cada integrante del equipo. (https://www.educacioncavelier.com/)

Todos los participantes que lleguen a la ronda oral

65% de descuento en un curso gratuito en EduCa - Educación Cavelier para cada integrante del equipo (https://www.educacioncavelier.com )

Todos los participantes inscritos

50% de descuento en un curso gratuito en EduCa - Educación Cavelier para cada integrante del equipo (https://www.educacioncavelier.com )


Entrenadores de los equipos ganadores

Puesto 

Honorarios (COP) 

Primer puesto 

$2.000.000 

Segundo puesto 

$1.000.000 

Todos los entrenadores inscritos

50% de descuento en un curso gratuito en EduCa - Educación Cavelier para cada entrenador/a del equipo (https://www.educacioncavelier.com )

* Valores sujetos a retenciones de ley. Aplica tanto para estudiantes como para entrenadores.


Los incentivos se distribuirán por partes iguales entre los integrantes de cada equipo. Si hay más de un entrenador inscrito por equipo, el incentivo se dividirá entre ellos en igual proporción.


Los incentivos de los estudiantes se otorgan a título de donación modal y los de jurados y entrenadores como honorarios, sujetos a los Términos y Condiciones disponibles en www.asociacioncavelier.com, donde se establecen los plazos, modalidades y requisitos para su reclamación.


V. Cronograma

Etapa 

Fecha 

Medio / Observaciones 

Apertura de la convocatoria 

14 de Julio

Página web y redes sociales de la Asociación (@asociacioncavelier). 

Fecha límite de preguntas 

13 de Agosto

Las preguntas y respuestas se publicarán en la página web. 

Inscripción y entrega de memorias 

09 de Septiembre hasta las 11:59 p.m. 

Formulario disponible en www.asociacioncavelier.com 

Publicación de resultados — fase escrita 

08 de octubre

Página web y redes sociales de la Asociación. 

Fase oral 

30 de Octubre en las instalaciones de la Universidad Mariana en Pasto

Inicio: 8:00 a.m. Se recomienda disponer del día completo. 

Las fechas y horarios están sujetos a cambios. Las modificaciones se anunciarán en la página web de la Asociación.


VI. Causales de descalificación


Los organizadores podrán descalificar a los equipos en los siguientes casos:

  • Plagio o uso no declarado de inteligencia artificial generativa en la memoria escrita.

  • Superar el límite de palabras establecido.

  • Que la memoria contenga el nombre de los integrantes o de la universidad.

  • No presentarse en la fecha y hora establecidas para la fase oral.

  • Sustitución de cualquier integrante o entrenador con posterioridad a la inscripción.


Sin perjuicio de lo anterior, los organizadores podrán sancionar cualquier conducta que afecte el normal desarrollo del concurso.


VII. Interpretación y modificación


La interpretación de las reglas del concurso y cualquier procedimiento relacionado con su desarrollo corresponden exclusivamente a los organizadores, quienes también podrán modificar el presente reglamento, incluido el cronograma. Las modificaciones se publicarán en www.asociacioncavelier.com.


VIII. Uso de datos personales


Al inscribirse, los participantes autorizan de forma previa, informada, expresa e inequívoca a los organizadores para hacer uso de sus datos personales, imagen y testimonio, con el único propósito de difundir y promocionar las actividades académicas de la Asociación Cavelier del Derecho.


Los procedimientos para presentar quejas y reclamos sobre el manejo de datos personales, así como para revocar dicha autorización, se encuentran en la Política de Tratamiento de Datos Personales de la Asociación, disponible en www.asociacioncavelier.com.


FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN


Por favor tenga en cuenta antes de diligenciar el formulario:


  1. El formulario podrá ser diligenciado UNA SOLA VEZ.

  2. Dentro del formulario encontrará el apartado donde podrá cargar los documentos del concurso (debe tenerlos listos al momento de empezar a diligenciar el formulario).

  3. El formulario es el ÚNICO método válido de inscripción para participar en el concurso.


En caso de tener algún inconveniente o inquietud con el proceso de diligenciamiento del formulario puede escribir al correo: santiagoguevara@cavelier.com con el asunto "CONSULTA FORMULARIO", especificando el concurso del que hace parte.


Si su duda es sobre el reglamento del concurso o su contenido puede escribir al correo: santiagoguevara@cavelier.com con el asunto "CONSULTA CONCURSO PENAL 2026"


PREGUNTAS SOBRE EL CASO


Podrás formular las preguntas que surjan sobre el caso mediante el formulario disponible a continuación.


CASO


I.  Identificación de las partes intervinientes

Parte 1 

Fiscalía Especializada contra Delitos Económicos, actuando como parte activa del proceso penal junto con los afectados reconocidos como víctimas (más de 30.000 personas que solicitaron dicho reconocimiento entre diciembre de 2025 y marzo de 2026). 

Parte 2 

Investigados (parte pasiva), personas naturales: Rodrigo Salcedo Vanegas (Director Ejecutivo – CEO de NOVA GLOBAL); Elena Marchetti Ruiz (Directora Financiera – CFO de NOVA GLOBAL); Diego Fontán Uribe (Director de Tecnología – CTO de NOVA GLOBAL); Camila Restrepo Duarte (Directora de Cumplimiento de NOVA GLOBAL); y Andrés Felipe Casallas Prieto (Director de NOVA COLOMBIA S.A.S.). 

II.  Hechos

 

  1. En febrero de 2021, NOVA GLOBAL anunció el lanzamiento de un ecosistema digital denominado NOVA ECOSYSTEM, dentro del cual se implementó un activo virtual denominado NOVA TOKEN (NVT). El denominado White Paper del proyecto describía el token como: "un activo digital utilitario que permite acceder a servicios, programas y funcionalidades dentro del ecosistema NOVA." El documento señalaba expresamente que: NVT no otorgaba participación accionaria. NVT no confería derechos políticos sobre NOVA GLOBAL. NVT no garantizaba rentabilidad alguna. NVT no constituía un instrumento financiero tradicional. NVT no representaba una inversión colectiva. En enero de 2021, antes del lanzamiento de NVT, NOVA GLOBAL contrató a la firma internacional Kirstein & Vance LLP para evaluar la naturaleza jurídica del token. El concepto, fechado el 30 de enero de 2021, concluyó que NVT no constituía un valor ni un producto financiero regulado en las jurisdicciones analizadas, siempre que se mantuvieran las condiciones de uso y distribución descritas en el White Paper original. De acuerdo con los registros técnicos del ecosistema, NVT podía canjearse por determinados servicios digitales dentro de NOVA ECOSYSTEM, tales como acceso a contenido premium, reducción de comisiones en operaciones internas y participación en programas de certificación tecnológica. Sin embargo, los registros de uso interno indican que, hacia el primer semestre de 2024, únicamente una fracción minoritaria de los tenedores de NVT había redimido el token por algún bien o servicio dentro del ecosistema, mientras que la mayoría lo mantenía o negociaba en plataformas de intercambio externas. El precio de NVT se determinaba por la oferta y demanda en dichas plataformas, sin que NOVA GLOBAL hubiera establecido un mecanismo oficial de fijación de precio, sin perjuicio de la participación del Programa de Liquidez Estratégica en esos mercados secundarios, según se describe en el Hecho 3. Persiste la controversia sobre si las presentaciones corporativas y las declaraciones descritas en esta sección modificaron en la práctica el modelo utilitario evaluado por Kirstein & Vance LLP en su concepto de enero de 2021. Sin embargo, en diversas presentaciones corporativas dirigidas a potenciales usuarios y aliados estratégicos se destacaban indicadores relacionados con: Crecimiento proyectado del ecosistema; Aumento esperado de usuarios; Expansión internacional; Comportamiento histórico del precio de NVT. En algunos eventos promocionales organizados por terceros participaron directivos y asesores vinculados al proyecto. Durante dichas intervenciones se realizaron afirmaciones como: “el valor de una red digital suele aumentar conforme aumenta su adopción.” “los usuarios tempranos suelen beneficiarse del crecimiento del ecosistema.” “la expansión internacional puede generar una mayor demanda del token.” Aunque NOVA GLOBAL reiteró en varias ocasiones que no ofrecía recomendaciones de inversión, tampoco emitió rectificaciones específicas respecto de tales manifestaciones. NOVA GLOBAL es una sociedad holding constituida en Meridian, que actúa como matriz de un grupo empresarial integrado, entre otras, por NOVA COLOMBIA S.A.S., sociedad por acciones simplificada constituida en Bogotá D.C. en 2021 y encargada de las operaciones locales del ecosistema en el país, bajo la dirección de Andrés Felipe Casallas Prieto. El gobierno corporativo de NOVA GLOBAL está integrado por un Consejo Directivo de siete miembros y un equipo ejecutivo compuesto por el Director Ejecutivo (CEO) Rodrigo Salcedo Vanegas, la Directora Financiera (CFO) Elena Marchetti Ruiz, el Director de Tecnología (CTO) Diego Fontán Uribe y la Directora de Cumplimiento Camila Restrepo Duarte. Ninguna de las personas jurídicas del grupo tiene naturaleza pública; todas son sociedades de capital privado. Se recuerda que, conforme al ordenamiento penal colombiano, la responsabilidad penal recae exclusivamente sobre las personas naturales que hayan intervenido en los hechos, ya sea como autores o partícipes, y no sobre las personas jurídicas como tales.

  2. En agosto de 2021, NOVA GLOBAL implementó un programa de incentivos denominado NOVA AMBASSADOR PROGRAM. Los usuarios podían obtener incentivos en NVT por: Referir nuevos participantes; Promover el uso del ecosistema; Organizar eventos de divulgación; Generar contenido educativo sobre tecnología blockchain. Los incentivos aumentaban progresivamente según: Número de usuarios incorporados; Volumen de operaciones realizadas por dichos usuarios; Permanencia de estos dentro de la plataforma. A finales de 2023 aproximadamente el 48% de los usuarios registrados en Colombia había ingresado mediante dicho programa. NOVA GLOBAL sostuvo que se trataba de una estrategia comercial común en la industria tecnológica. Algunos observadores del mercado afirmaron que los incentivos podían generar dinámicas similares a esquemas de crecimiento piramidal.

  3. En enero de 2022, el Consejo Directivo de NOVA GLOBAL aprobó la creación de un mecanismo denominado STRATEGIC LIQUIDITY PROGRAM (SLP). Según la documentación interna, el programa tenía como finalidad: Fomentar liquidez en mercados secundarios; Reducir volatilidad excesiva; Facilitar la negociación internacional de NVT; Fortalecer la estabilidad operativa del ecosistema. Para la ejecución del programa se celebraron contratos con distintas entidades independientes. Entre ellas: ALPHA STRATEGIC CAPITAL LTD.: Sociedad constituida en Arcadia. Objeto social: administración de inversiones tecnológicas. ORBITA ADVISORS S.A.: Consultora establecida en Helios. Objeto social: análisis estratégico y expansión de mercados. QUANTUM CAPITAL PARTNERS LTD.: Entidad especializada en gestión de activos digitales. Los contratos suscritos entre 2022 y 2024 superaron los USD $180 millones. Según las actas del Consejo Directivo, la aprobación y suscripción de los contratos con ALPHA STRATEGIC CAPITAL LTD., ORBITA ADVISORS S.A. y QUANTUM CAPITAL PARTNERS LTD. estuvo a cargo del CEO Rodrigo Salcedo Vanegas, con el visto bueno de la CFO Elena Marchetti Ruiz. El control operativo de las billeteras institucionales empleadas para la ejecución del Programa de Liquidez Estratégica estuvo a cargo del CTO Diego Fontán Uribe, quien administraba las llaves privadas junto con un proveedor externo de custodia contratado por la compañía. Las actas no precisan si estos funcionarios tuvieron conocimiento efectivo de las conductas posteriormente cuestionadas por los analistas independientes. En octubre de 2023, NOVA GLOBAL contrató a la firma de auditoría CraneField & Ross para revisar la ejecución del Programa de Liquidez Estratégica. El informe concluyó que las operaciones registradas por ALPHA STRATEGIC CAPITAL LTD. y QUANTUM CAPITAL PARTNERS LTD. eran consistentes con actividades de creación de mercado ("market making") reportadas en la industria de activos digitales. El informe advirtió expresamente que no tuvo acceso a los registros internos de ORBITA ADVISORS S.A., por tratarse de información calificada como confidencial por dicha entidad.

  4. Entre 2022 y 2024, el ecosistema NOVA creció de manera significativa. Según cifras publicadas por la compañía: Usuarios registrados pasaron de 120.000 a más de 2.500.000; NVT fue listado en múltiples plataformas de intercambio; Se anunciaron más de 150 alianzas internacionales; El valor de mercado del token aumentó aproximadamente 700%. La compañía atribuyó dicho crecimiento a la innovación tecnológica de su ecosistema.

  5. En marzo de 2024, un grupo independiente de analistas blockchain publicó un informe técnico. La metodología del informe incluyó análisis forense de blockchain, comprendiendo la revisión de registros de acceso y direcciones IP asociadas a la creación y administración de las seis billeteras, los contratos de custodia y control de llaves privadas suscritos con proveedores tecnológicos, y la trazabilidad on-chain de las operaciones registradas. El análisis identificó múltiples transacciones cruzadas entre las seis billeteras ejecutadas en intervalos de tiempo reducidos, patrón que los analistas asociaron con posibles operaciones de generación artificial de volumen, sin que el informe pudiera determinar con certeza si dichas transacciones correspondían a estrategias legítimas de creación de mercado o a manipulación deliberada. Según dicho documento: Aproximadamente el 67% de los NVT en circulación se encontraban concentrados en seis billeteras digitales; Dichas billeteras participaban activamente en operaciones de volumen elevado; Varias de ellas habían negociado entre sí de manera recurrente. NOVA GLOBAL respondió mediante comunicado oficial afirmando que: No tenía control sobre dichas billeteras; Pertenecían a inversionistas privados; La concentración de activos digitales era común en mercados emergentes. Posteriormente se conoció que tres de las billeteras habían sido creadas originalmente mediante infraestructura tecnológica utilizada por proveedores vinculados a ORBITA ADVISORS. La identidad de los beneficiarios finales no pudo establecerse con certeza.

  6. Entre abril de 2023 y septiembre de 2024, NOVA GLOBAL y NOVA COLOMBIA realizaron pagos por aproximadamente USD $95 millones a ORBITA ADVISORS. Los contratos tenían por objeto: Diseño de estrategias comerciales; Expansión internacional; Evaluación regulatoria; Fortalecimiento institucional. Las auditorías posteriores permitieron constatar: Existencia de contratos; Facturación regular; Aprobación corporativa de los pagos. No obstante: Numerosos entregables no pudieron ser localizados; Varios informes resultaron sustancialmente similares entre sí; Algunos documentos contenían información disponible públicamente.

  7. En mayo de 2024, se creó internamente un órgano denominado COMITÉ DE ESTABILIDAD DEL ECOSISTEMA. Participaban: Miembros de la alta dirección; Asesores financieros; Responsables tecnológicos; Representantes externos contratados por NOVA GLOBAL. La existencia del comité no fue divulgada públicamente. El Comité de Estabilidad estaba presidido por el CEO Rodrigo Salcedo Vanegas, con la participación permanente de la CFO Elena Marchetti Ruiz y el CTO Diego Fontán Uribe. Las minutas disponibles no permiten establecer con certeza si estos funcionarios conocían, al momento de las discusiones, las operaciones señaladas en el informe de concentración de tokens. Las minutas disponibles muestran discusiones relacionadas con: Volatilidad del token; Percepción de los usuarios; Entrada de inversionistas institucionales; Riesgos reputacionales. Dentro de dichas minutas aparecen expresiones como: “es fundamental preservar la confianza del mercado.” “una corrección severa en esta etapa podría comprometer la expansión internacional.” “debemos asegurar suficiente profundidad de mercado durante el lanzamiento regional.” No existen registros que ordenen explícitamente la manipulación de precios o la realización de operaciones ficticias.

  8. Entre enero y julio de 2024, el precio de NVT aumentó aproximadamente 430%. Durante el mismo periodo: El volumen diario de negociación pasó de USD $18 millones a USD $210 millones; Más de 800.000 nuevos usuarios ingresaron al ecosistema; Diversas publicaciones especializadas destacaron el desempeño de NVT. Posteriormente, varios analistas sostuvieron que una parte significativa del volumen negociado habría sido generado por entidades económicamente relacionadas entre sí. NOVA GLOBAL rechazó tales afirmaciones.

  9. El 12 de septiembre de 2024, una de las principales billeteras poseedoras de NVT inició un proceso masivo de venta de tokens. Durante las siguientes cinco semanas: El precio cayó aproximadamente 87%; Miles de usuarios registraron pérdidas significativas; Varias plataformas suspendieron temporalmente la negociación del activo; Múltiples proyectos asociados al ecosistema fueron cancelados. NOVA GLOBAL atribuyó los hechos a condiciones generales del mercado de activos digitales.

  10. En noviembre de 2024, un exdesarrollador del ecosistema entregó información a periodistas de investigación. Los documentos incluían: Correos electrónicos; Mensajes internos; Extractos de reuniones virtuales. Algunas comunicaciones señalaban: “el volumen debe mantenerse hasta completar la expansión.” “un desplome prematuro afectaría seriamente la percepción del proyecto.” “necesitamos mayor actividad en determinadas plataformas.” Las conversaciones no incluían instrucciones directas para ejecutar conductas ilícitas. El exdesarrollador reconoció públicamente, en una entrevista posterior a la publicación periodística, haber accedido a dichos documentos utilizando credenciales corporativas que conservaba luego de la finalización de su vínculo contractual con el ecosistema NOVA en julio de 2024, sin autorización expresa para dicho acceso posterior. El exdesarrollador entregó la información directamente a los periodistas de investigación, y la Fiscalía tuvo conocimiento de su contenido a través de la publicación periodística resultante, sin haber participado en su obtención original.

  11. El 18 de febrero de 2025, la Superintendencia de Innovación Financiera (SIF) inició investigación administrativa contra NOVA COLOMBIA. La autoridad manifestó preliminarmente que los hechos podrían involucrar: Ofrecimiento irregular de productos financieros; Captación masiva no autorizada; Incumplimiento de deberes de información; Posibles conflictos de interés no revelados. NOVA COLOMBIA respondió que NVT constituía exclusivamente un activo digital utilitario.

  12. Entre abril y agosto de 2025, diversas autoridades extranjeras remitieron información a la Fiscalía. Dentro de los hallazgos preliminares se detectaron: Transferencias internacionales por más de USD $250 millones; Operaciones entre entidades vinculadas al Programa de Liquidez Estratégica; Utilización de plataformas especializadas en mezcla de activos virtuales; Flujos financieros que involucraban jurisdicciones de baja tributación. Las sociedades involucradas afirmaron que dichas operaciones tenían justificación económica legítima.

  13. El 1 de septiembre de 2025, la Fiscalía Especializada contra Delitos Económicos abrió investigación formal, actuando como parte activa del proceso penal junto con los afectados reconocidos como víctimas conforme al Hecho 15, contra las siguientes personas naturales, vinculadas como parte pasiva en su calidad de investigados: Rodrigo Salcedo Vanegas (Director Ejecutivo, CEO, de NOVA GLOBAL), Elena Marchetti Ruiz (Directora Financiera, CFO, de NOVA GLOBAL), Diego Fontán Uribe (Director de Tecnología, CTO, de NOVA GLOBAL), Camila Restrepo Duarte (Directora de Cumplimiento de NOVA GLOBAL) y Andrés Felipe Casallas Prieto (Director de NOVA COLOMBIA). La hipótesis investigativa sostuvo que los hechos podrían estar asociados con: Manipulación fraudulenta de mercados; Administración desleal; Estafa agravada; Captación masiva y habitual de recursos; Lavado de activos; Concierto para delinquir. Los investigados negaron cualquier conducta ilícita y sostuvieron que las pérdidas obedecían a riesgos propios de mercados altamente especulativos.

  14. El 20 de noviembre de 2025, la Fiscalía solicitó medidas cautelares sobre: Cuentas bancarias; Participaciones societarias; Bienes inmuebles; Billeteras digitales que contenían aproximadamente 85 millones de NVT; Derechos económicos derivados de varios contratos internacionales. El valor estimado de los activos superaba los USD $1.200 millones. La defensa alegó que las medidas afectaban: La continuidad de las empresas; El pago de obligaciones laborales; La preservación del valor de los activos.

  15. Entre diciembre de 2025 y marzo de 2026, más de 30.000 personas solicitaron reconocimiento como víctimas dentro de diferentes actuaciones judiciales. Algunas manifestaron haber destinado la totalidad de sus ahorros a la adquisición de NVT. Otras reconocieron tener experiencia previa en mercados de alto riesgo y haber adquirido el token con fines especulativos. 

  16. A la fecha de elaboración del presente caso: No existe sentencia penal ejecutoriada; No existe decisión administrativa definitiva; Continúan vigentes diversas medidas cautelares; Se encuentran abiertas investigaciones en varias jurisdicciones; Persiste la controversia acerca de la verdadera naturaleza jurídica del token, la licitud del Programa de Liquidez Estratégica y la responsabilidad de los distintos participantes del ecosistema.


III.  Instrucciones


Con fundamento en los hechos y elementos presentados, desarrolle la defensa de cada una de las dos partes en controversia. Deberá presentarse una sola defensa por cada parte, y ambas defensas deberán constar en un mismo memorial.

 
 
bottom of page