top of page

Concurso Regional de Debate en Derecho Empresarial - Universidades del Suroccidente: Valle del Cauca, Eje Cafetero, Cauca, Chocó y Nariño "Germán Cavelier" 2024

Actualizado: hace 3 días


REGLAMENTO 2024


La Asociación Cavelier del Derecho es una asociación sin ánimo de lucro que tiene por objeto propiciar la profundización de los estudios de Derecho en Colombia. 


Anualmente la Asociación convoca a las universidades del país para que motiven a los estudiantes de Derecho a inscribirse y a participar en los concursos de debate “Germán Cavelier”. 


La Asociación Cavelier del Derecho busca propiciar entre los estudiantes de Derecho el desarrollo de conocimientos, capacidades profesionales y destrezas orales esenciales para la solución de problemas jurídicos a través del estudio, el análisis y el debate académico.


I. Generalidades 


Se considerarán equipos admitidos en el concurso, los que hubieren presentado dentro de las fechas establecidas, los documentos requeridos para su inscripción.


Se considerarán equipos clasificados para participar en la fase oral del concurso, aquellos que obtuvieron la calificación exigida en la fase escrita y recibieron de parte de los organizadores una comunicación en este sentido.


La inscripción en el concurso implica la aceptación y el acatamiento por parte de los participantes de la totalidad de las reglas dispuestas en el presente reglamento, así como de las decisiones que adopten los organizadores.


Los participantes al inscribirse autorizan de forma previa, informada, expresa e inequívoca a los organizadores a hacer uso de sus datos personales, expresión que incluye su imagen y testimonio, con el único propósito de difundir y promocionar las actividades académicas de la Asociación Cavelier del Derecho. 

 

Para facilitar la participación de las universidades, la Asociación Cavelier se hará cargo del tiquete de ida y vuelta de los dos estudiantes del equipo que inscriba la universidad, para que asistan a las rondas orales en la ciudad de Cali.

 

II. Comité organizador y Jurado 

 

La Asociación Cavelier del Derecho es una asociación sin ánimo de lucro que tiene por objeto propiciar la profundización de los estudios de Derecho en Colombia. 


Anualmente la Asociación convoca a las universidades del país para que motiven a los estudiantes de Derecho a inscribirse y a participar en los concursos de debate “Germán Cavelier”. 


La Asociación Cavelier del Derecho busca propiciar entre los estudiantes de Derecho el desarrollo de conocimientos, capacidades profesionales y destrezas orales esenciales para la solución de problemas jurídicos a través del estudio, el análisis y el debate académico.


I. Generalidades 


Se considerarán equipos admitidos en el concurso, los que hubieren presentado dentro de las fechas establecidas, los documentos requeridos para su inscripción.


Se considerarán equipos clasificados para participar en la fase oral del concurso, aquellos que obtuvieron la calificación exigida en la fase escrita y recibieron de parte de los organizadores una comunicación en este sentido.


La inscripción en el concurso implica la aceptación y el acatamiento por parte de los participantes de la totalidad de las reglas dispuestas en el presente reglamento, así como de las decisiones que adopten los organizadores.


Los participantes al inscribirse autorizan de forma previa, informada, expresa e inequívoca a los organizadores a hacer uso de sus datos personales, expresión que incluye su imagen y testimonio, con el único propósito de difundir y promocionar las actividades académicas de la Asociación Cavelier del Derecho. 

 

Para facilitar la participación de las universidades, la Asociación Cavelier se hará cargo del tiquete de ida y vuelta de los dos estudiantes del equipo que inscriba la universidad, para que asistan a las rondas orales en la ciudad de Cali.

 

II. Comité organizador y Jurado 

 

La Asociación Cavelier del Derecho designará anualmente un Comité organizador, liderado por la Coordinadora de la Asociación. 

 

En esta ocasión, la Pontificia universidad Javeriana de Cali será la sede donde se realizará la fase oral, formará parte del comité organizador y se encargará de hacer la difusión del concurso entre las universidades invitadas.

 

El Comité estará a cargo de la organización, divulgación y seguimiento de los concursos.

 

El jurado estará compuesto por un grupo de especialistas en el tema objeto de análisis. 

 

El jurado evaluará a los concursantes de acuerdo con los criterios establecidos por el reglamento y servirá de garante para que el comportamiento de los estudiantes durante las audiencias esté siempre ajustado a los parámetros propios del ejercicio profesional del abogado.

 

Las actividades de difusión y convocatoria del Concurso estarán a cargo de la Asociación Cavelier del Derecho y de las universidades. 

 

III. Participantes 


El concurso está dirigido a estudiantes de Derecho que durante el periodo comprendido entre la fecha de inscripción y la ronda final oral, se encuentren matriculados en cualquier universidad de la región suroccidente (Valle del Cauca, Eje Cafetero, Cauca, Chocó y Nariño) y que no hayan obtenido aún el título de abogado.


Cada universidad podrá inscribir hasta tres (3) equipos, que estarán conformados cada uno por dos (2) estudiantes. Los equipos pueden contar con su entrenador.


IV. Fases del concurso 

 

1. Convocatoria:La convocatoria se lanzará a través del sitio web y las redes sociales de la Asociación Cavelier del Derecho. En la página web www.asociacioncavelier.com se pondrán a disposición el caso, el reglamento y el formulario de inscripción.

 

2. Preguntas sobre el caso y el concurso: Los integrantes o entrenadores de los equipos podrán solicitar aclaraciones sobre el caso y sobre el concurso en el sitio destinado para ello en la página web de la Asociación www.asociacioncavelier.com donde también se publicarán las respuestas.

 

3. Inscripción: La inscripción se realizará en línea a través de la página web de la Asociación Cavelier del Derecho www.asociacioncavelier.com para lo cual, deberán cargar en el sitio dispuesto para ello la memoria escrita y realizar la correspondiente inscripción de los equipos.  

 

La inscripción de los equipos estará a cargo de cada una de las universidades, quienes individual y autónomamente decidirán los criterios de selección de los equipos de estudiantes  que participarán en el concurso. 

 

La inscripción de los equipos no tendrá costo.

 

La Asociación se reserva el derecho de declarar desierto el concurso, si vencida la fecha de inscripción el número de equipos inscritos es inferior a ocho (8).

  

4. Fase escrita: En esta fase, el jurado evaluará las memorias presentadas por los equipos, para lo cual tendrá en cuenta los siguientes criterios de evaluación, los cuales tendrán un mismo valor (20%):

 

  • Claridad y concisión de los argumentos; redacción de la memoria y ortografía.

  • Investigación realizada.

  • Naturaleza, relevancia y uso adecuado de las fuentes referenciadas.

  • Determinación de los problemas jurídicos subyacentes al caso.

  • Validez de la argumentación.

 

Los equipos podrán exponer todos aquellos argumentos que consideren pertinentes para el correcto desarrollo del caso. Sin embargo, el jurado dará mayor valor a aquellos argumentos relacionados directamente con la materia del concurso.

 

Si durante el proceso de evaluación de la memoria, el jurado considera o tiene indicios razonables de que se ha presentado plagio, el caso será remitido a la Universidad de la cual hace parte el equipo inscrito con el fin de que sea evaluado y tratado de acuerdo con su reglamento interno. 

 

Las memorias tendrán una extensión máxima de 4000 palabras, sin contar las referencias bibliográficas, normativas y jurisprudenciales, en formato APA, a espacio de 1.15, tamaño carta, en estilo de fuente Arial tamaño 12. Al final de cada escrito, el equipo deberá indicar el número total de palabras.

 

La memoria y el formulario se cargarán de manera independiente en la página web de la Asociación Cavelier del Derecho, en la fecha establecida en el cronograma. Las memorias deberán subirse en PDF sin los nombres de los participantes ni de la universidad. Una vez se presente la memoria.

 

No se tendrán en cuentan los escritos presentados en cualquier otro formato distinto a PDF. 

 

El acceso a la fase oral del concurso estará limitada exclusivamente a los equipos que obtengan una nota igual o superior a 7,5/10 en la evaluación de la memoria escrita presentada. 

 

La Asociación se reserva el derecho de declarar desierto el concurso en el evento en que menos de 6 equipos participantes obtengan una mínima de 7,5/10.

 

5. La Asociación publicará en su página web las notas que obtuvieron los equipos en la fase escrita y anunciará los equipos que pasan a la Fase Oral del Concurso. También publicará en ese momento, los hechos nuevos del caso que se tendrán en cuenta en la Tercera Ronda (La Final) del concurso. 

 

Nota: Estos hechos nuevos no se deben tener en cuenta en las exposiciones que harán los equipos en la Primera y Segunda Ronda Oral. Solo en la Tercera Ronda (La Final), los dos equipos finalistas deben tener en cuenta estos hechos nuevos para sus exposiciones, preguntas, intervenciones y réplicas.

 

6.  Fase oral: Esta fase estará compuesta de tres (3) rondas, de la siguiente forma:

 

a. Primera Ronda


En la fecha y hora indicada en el cronograma, se enfrentarán en el primer debate el equipo que obtuvo la mejor nota en la fase escrita contra el equipo que obtuvo la nota más baja y así sucesivamente. Posteriormente se sorteará el equipo que representará a cada una de las partes. Cada equipo hará una presentación oral en la cual defenderá la posición jurídica que le corresponde.

 

El equipo con los dos (2) integrantes inscritos que no asista en la fecha y hora de la convocatoria será excluido del concurso, sin perjuicio de lo cual su contraparte será oída y evaluada por el jurado. 

 

La exposición de cada equipo estará a cargo de sus dos integrantes y para la misma solamente podrán apoyarse en documentos impresos pues el uso de cualquier clase de dispositivo electrónico se encuentra prohibido durante la audiencia.

 

La presentación oral de cada equipo tendrá una duración máxima de diez (10) minutos. Cada parte podrá hacer tres (3) preguntas a su contraparte y el equipo expositor tendrá derecho a réplica.

 

Para las preguntas de la contraparte, uno de los participantes del equipo contrario al que está exponiendo deberá alzar la mano y esperar a que el jurado le dé el uso de la palabra. Quien realice la pregunta deberá hacerlo de forma breve, concreta, clara y respetuosa. En caso contrario, el jurado podrá desestimar la pregunta y ordenar continuar con la exposición. Estos parámetros se mantendrán para todas las intervenciones de contraparte durante la Fase Oral. 

 

Durante esta ronda, el jurado podrá hacer preguntas a las partes relacionadas con los hechos del caso, con el fin de determinar el grado de conocimiento y manejo de las circunstancias particulares de los problemas jurídicos propuestos. Esto incluye conceptos jurídicos relacionados con la materia del caso.

 

El tiempo de las intervenciones de la contraparte, réplicas y preguntas del jurado no se contará dentro de los 10 minutos establecidos para la exposición.

 

Los criterios de evaluación, que tendrán el mismo valor, son los siguientes:

 

  • Originalidad de los planteamientos.

  • Claridad y precisión en la exposición.

  • Conocimientos jurídicos y profundidad al responder las preguntas del jurado.

  • Actitud personal, vocabulario y manejo del auditorio.

  • Manejo del tiempo e intervenciones de los dos participantes de cada equipo.

 

La calificación otorgada por el jurado en esta ronda representará el total de la nota final que se le asigne al grupo en esta ronda. 

 

A la Segunda Ronda – Semifinal pasarán los 4 equipos que obtengan las cuatro mejores notas entre todos los equipos de la Primera Ronda. La nota de la memoria escrita no se tendrá en cuenta en las rondas orales. 

 

b. Segunda Ronda - Semifinal

 

Los 4 equipos clasificados en la Primera Ronda en la mañana participarán en la Segunda Ronda a la hora indicada en el cronograma. En esta ronda, se enfrentarán el equipo que en la Primera Ronda de la fase oral haya obtenido la nota más alta con el que haya obtenido la cuarta más alta y así sucesivamente. 

 

En la segunda ronda, el jurado realizará preguntas de derecho relacionadas con el caso a los participantes de los dos equipos, con el fin de determinar el conocimiento de cada uno de los estudiantes. 

 

En caso de que cualquier equipo no asista en la fecha y hora de la convocatoria para la segunda ronda, será excluido automáticamente del concurso.

 

A la Tercera Ronda - Final pasarán los 2 equipos que obtengan las dos mejores notas de la Segunda Ronda Semifinal.

 

c. Tercera Ronda - Final

 

A la ronda final, que se hará a la hora indicada en el cronograma, acceden los dos equipos que obtuvieron las dos mejores notas en la Segunda Ronda - Semifinal. 

 

En esta ronda las exposiciones, preguntas, intervenciones y réplicas, incluirán el caso inicial y los hechos nuevos que se publicaron cuando se anunciaron los equipos que pasaron a la Fase Oral del concurso.

 

Los jurados asignarán al azar la parte que cada equipo representará en una audiencia, que será abierta al público y será evaluada por el jurado.  Durante el desarrollo del debate, el jurado podrá formular las preguntas que considere pertinentes, bien sea sobre las circunstancias particulares o conceptos jurídicos relacionados con el caso en cuestión.

 

Igualmente, el equipo contrario podrá realizar un máximo tres (3) preguntas al equipo expositor, quien tendrá derecho a réplica a cada una de las preguntas. 

 

La presentación oral de cada equipo tendrá una duración máxima de diez (10) minutos y se descontarán del tiempo las preguntas del jurado, las preguntas de la contraparte, respuestas y la réplica. 

 

Aplicando los mismos criterios de la Primera Ronda, el jurado calificará las intervenciones de cada equipo y determinará entre estos el primero y el segundo puesto. 

 

También el jurado, si así lo considera, determinará quien fue el mejor orador del concurso.

 

V. Auxilios educativos 

 

1. Para los estudiantes*: 

Primer puesto

Dieciséis millones de pesos ($16.000.000)

Segundo puesto

Ocho millones de pesos ($8.000.000)

Mejor orador 

Un millón de pesos ($1.000.000)

Los auxilios educativos se distribuirán por partes iguales entre los dos estudiantes de cada uno de los equipos ganadores. 

 

Los auxilios educativos son aplicables a estudios de pregrado o posgrado en Derecho o carreras afines en cualquier universidad en Colombia o en el exterior, tiquetes de viaje para cursar estudios fuera de su ciudad o del país (el alumno debe acreditar que se encuentra admitido y matriculado) y cursos de actualización o de idiomas que complementen la preparación académica y las destrezas del estudiante. También se podrá utilizar para compra de libros, material educativo o equipos de cómputo.

 

El dinero será girado a la entidad educativa, excepto el valor del tiquete de viaje que se pagará directamente a la empresa transportadora y el valor de los equipos de cómputo o libros que se girarán a la entidad vendedora. El estudiante tendrá 5 años para reclamar el auxilio educativo, contados desde la fecha en que la Asociación le entregue la carta que lo acredite beneficiario del auxilio educativo.

 

2. Para los entrenadores de los equipos ganadores*:

Primer puesto

Tres millones de pesos ($3.000.000)

Segundo puesto

Un millón quinientos mil pesos ($1.500.000)

 Si hay más de un entrenador por equipo inscrito, el premio se dividirá entre ellos por partes iguales.

 

*Sujeto a retenciones e impuestos.

 

VI. Cronograma 2024 

 

Apertura de la convocatoria

18 de marzo, a través de la página web de la Asociación Cavelier del Derecho (www.asociacioncavelier.com) y las redes sociales (@asociacioncavelier).

Fecha límite de preguntas

15 de abril

Fecha límite para la entrega de memorias e inscripción

Hasta el 15 de mayo, a las 11:59 pm. en la página web de la Asociación Cavelier del Derecho www.asociacioncavelier.com

Resultados de la calificación de las memorias

Serán anunciados a través del sitio web y las redes sociales de la Asociación Cavelier del Derecho el 20 de mayo de 2024.

Fase oral

4 de junio, en las instalaciones de la Universidad Javeriana,  Cali. 

  1. Primera Ronda: 8:00 AM. 

  2. Segunda Ronda-Semifinal: 2:00 PM (o al finalizar la Primera Ronda). 

  3. Tercera Ronda-Final: 4:00 PM (o al finalizar la Segunda Ronda). 

 Las fechas y horarios están sujetos a cambios por parte de los organizadores.

 

VII. Prohibiciones

 

Los organizadores estarán facultados para descalificar a los equipos que cometan las siguientes infracciones:

 

  • Incurrir en plagio en la redacción de sus escritos.

  • Consignar información falsa en el momento de realizar su inscripción.

  • Usar lenguaje inapropiado en el desarrollo de las audiencias orales, ya sea en contra del equipo contrario o del jurado.

 

Sin perjuicio de lo anterior, los organizadores podrán sancionar cualquier conducta que vaya en contra o sea perjudicial para el normal desarrollo de la competencia, y establecer la sanción que corresponda.

 

VIII. Interpretación 

 

La interpretación de las reglas o cualquier procedimiento relacionado con el concurso será realizada únicamente bajo los criterios de los organizadores. Asimismo, estos tendrán la facultad de realizar modificaciones al presente Reglamento (incluido el cronograma), de ser necesario. Las modificaciones al presente Reglamento serán publicadas en la página web de la Asociación Cavelier del Derecho. 

 

IX. Uso de Datos Personales 

 

Los procedimientos para realizar reclamaciones, quejas y reclamos, frente al manejo de los datos personales, al igual que la revocatoria de la autorización de su uso, se encuentran en la política de tratamiento de datos de la Asociación Cavelier, la cual declaro haber leído, comprendido y aceptado, y la cual puede encontrarse en la siguiente dirección web www.asociacioncavelier.com. Para el tratamiento de los datos sensibles la Asociación Cavelier ha cumplido con las siguientes obligaciones:


  • Informar al titular que, por tratarse de Datos Sensibles, no estaba obligado a autorizar su tratamiento.

  • Informar al titular cuáles de los datos son Sensibles y la finalidad del Tratamiento.

  • La Asociación Cavelier no condiciona ninguna actividad a que el titular suministre Datos Sensibles.

  • Informar de manera clara y comprensible que los participantes tienen el derecho a conocer, actualizar y rectificar los datos personales proporcionados. (Ley 1581 de 2012 y su Decreto Reglamentario 1377 de 2013).

 

Para estos efectos se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos. 


Bogotá D.C., marzo 15 de 2024.


 

FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN


Por favor tenga en cuenta antes de diligenciar el formulario:


  1. El formulario podrá ser diligenciado UNA SOLA VEZ.

  2. Dentro del formulario encontrará el apartado donde podrá cargar los documentos del concurso (debe tenerlos listos al momento de empezar a diligenciar el formulario).

  3. Los documentos cargados NO DEBEN LLEVAR NINGUNA INFORMACIÓN DE LOS PARTICIPANTES.

  4. El formulario es el ÚNICO método válido de inscripción para participar en el concurso.


En caso de tener algún inconveniente o inquietud con el proceso de diligenciamiento del formulario puede escribir al correo: santiagoguevara@cavelier.com con el asunto "CONSULTA FORMULARIO", especificando el concurso del que hace parte. Si su duda es sobre el concurso o su contenido comuníquese al correo asociacioncavelier@cavelier.com.



CASO

1.      La sociedad Nova 1 S.A. (en adelante la “Sociedad”) fue constituida para realizar grandes proyectos de infraestructura, entre ellos desarrollo de carreteras, puertos y aeropuertos.

 

2.      Actualmente la Sociedad cuenta con 1300 accionistas entre los que se encuentran personas naturales y jurídicas, estas últimas del sector público y privado.

 

3.      En el artículo 40 de los estatutos sociales de la Sociedad, se consagró el derecho de preferencia en la negociación de las acciones, en virtud del cual cualquier accionista que desee vender sus acciones deberá ofrecerlas primero a los demás accionistas por conducto de la gerencia de la Sociedad. En caso de que los accionistas destinatarios de la oferta no acepten, o no digan nada en el término de 15 días hábiles siguientes a la oferta, el accionista oferente podrá ofrecer las acciones a terceros.

 

4.      Con el paso del tiempo, y la costumbre que ha regido las relaciones entre los mismos accionistas, estos han ofrecido, vendido y comprado acciones de la Sociedad libremente, sin observar el derecho de preferencia referido, esto, incluso con el conocimiento y aceptación de la administración de la Sociedad.

 

5.      Además de lo anterior, un grupo de accionistas (cuentan con el 25% de participación)(en adelante “Grupo A”) ha entrado en serias discrepancias con uno de los grupos mayoritarios (cuentan con el 40% de participación) (en adelante “Grupo B”), lo que ha implicado que en las reuniones de Asamblea de Accionistas se dilaten las discusiones, y que incluso se bloqueen algunas decisiones teniendo en cuenta que el restante 35% de la participación se encuentra muy atomizado, por lo que resulta difícil poner de acuerdo a dicho porcentaje de accionistas.

 

6.      Un grupo de minoritarios se ha unido para vender sus acciones, y llegan a un acuerdo con el Grupo B. Tras el referido acuerdo, llevan la propuesta de compraventa de acciones a la reunión ordinaria de la Asamblea de Accionistas y con el 52% logran aprobar la referida venta directa, sin agotar el derecho de preferencia. Tras dicha operación, el Grupo B ahora cuenta con un porcentaje de participación del 51%.

 

7.      Pasado un año de dicha operación, la administración de la Sociedad ha sido cambiada completamente por diferentes factores y, ante la falta de experiencia, realizan la convocatoria por escrito privado enviado a cada uno de los accionistas por correo electrónico para realizar la reunión ordinaria de accionistas del 31 de marzo. Debido a fuertes manifestaciones en todo el país, la reunión no cumple con el quorum necesario para conformar la Asamblea, por lo que la administración decide aplazar la reunión. En los estatutos de la Sociedad no se menciona nada acerca de la forma de realizar la convocatoria, por lo que el Grupo A estimó que al haberse hecho indebidamente la convocatoria, tenían derecho a reunirse por derecho propio el primer día hábil del mes de abril a las 10:00 AM.

 

8.      Efectivamente se reúnen ese día y dejan las siguientes constancias y toman las siguientes decisiones: 1. Que los administradores incumplieron con sus deberes, dado que no entregaron informes de gestión ni estados financieros, 2. Al no haber estados financieros no puede aprobarse distribución de utilidades, 3. Se remueven todos los miembros de junta directiva y se nombran nuevos, 4. Paralelamente, se reúne la nueva junta directiva de la Sociedad y remueve al representante legal (Gerente), 5. Se aprueba por parte de los accionistas reunidos la emisión de acciones sin sujeción al derecho de preferencia, 6. La Junta Directiva recién nombrada, aprueba el reglamento de emisión y colocación de acciones, 7. Los accionistas presentes aceptan en la proporción de su participación suscribir dichas acciones.  

 

9.      Tras esta reunión, los porcentajes de participación quedaron de la siguiente forma:

 

ACCIONISTA

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN AL 31 DE MARZO

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DESPÚES DE LA REUNIÓN POR DERECHO PROPIO

Grupo B

51%

35.25%

Grupo A

25%

42%

Minoritarios

24%

22.75%

 

10.  En la reunión, algunos accionistas del Grupo A, sometieron a consideración el nombramiento de un nuevo representante legal, dadas ciertas actuaciones cuestionables del, hasta ese entonces representante. Así, en la asamblea también se aprobó la elección del señor Camilo Alvear.

 

11.  En febrero de 2024 Nova 1 S.A. y IA Algomath SAS suscribieron un contrato de prestación de servicios para la creación y desarrollo de la aplicación “Licitex app”, aplicación que funcionaría con ayuda de inteligencia artificial para mejorar las participaciones de Nova en ofertas y licitaciones públicas, en especial en la próxima licitación en la que participarían: el proyecto “Connect Pacifico” licitación pública para la construcción de un tren de cercanías que conecte las ciudades de Cali, Palmira y Buga.

 

12.  El contrato, contenía entre otras, las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA DÉCIMA.PROPIEDAD INTELECTUAL. Los derechos de propiedad intelectual sobre la aplicación “Licitex app”, sus protocolos de prueba y demás creaciones susceptibles de ser protegidas por la propiedad industrial o el contrato y que se deriven del desarrollo del proyecto pertenecerán a Nova 1 S.A.. En todo caso, los derechos morales de la aplicación “Licitex app” pertenecerán a sus creadores.

 

CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. PROHIBICIÓN DE COMPETENCIA. Las Partes se comprometen a no llevar a cabo, durante la duración del presente contrato, ningún desarrollo ni aplicación que pudiera entrar en competencia directa o indirecta con el objeto del contrato. A todos los efectos, se entenderá que IA Algomath SAS incurre en dicha circunstancia siempre que desarrolle para otra compañía o cualquier tercero, de forma paralela y aprovechando los conocimientos, diagramas y código desarrollados para Nova 1 S.A. La obligación de no competencia tendrá una vigencia indefinida.

 

13.  Durante la ejecución del contrato Nova 1 S.A. y IA Algomath SAS sostuvieron varias reuniones y sesiones de trabajo en las cuales Nova 1 S.A. reveló información de especial importancia para el desarrollo de la aplicación. La compañía reveló información sensible sobre su estrategia para participar en la licitación del proyecto “Connect Pacifico”, para que dicha información fuese usada para crear los códigos fuente de la app, su programación e integración, de tal forma que, una vez en funcionamiento, le permitirían elevar las probabilidades de lograr la adjudicación del proyecto “Connect Pacifico” en un 70%.

 

14.  Tras pocos meses de trabajo, el cronograma de actividades se había retrasado por factores de presupuesto y discordancia entre las partes sobre algunas funcionalidades de la app. Sin embargo, la Junta Directiva presionó a Camilo Alvear para dar por terminado el contrato de forma unilateral por incumplimiento contractual.

 

15.  Tras terminar el contrato, un medio periodístico nacional reveló la noticia que IA Algomath SAS había suscrito un joint venture con AV Constructing S.A., el principal competidor de Nova, para potencializar la participación en licitaciones y proyectos de mega-infraestructuras a través del uso de inteligencia artificial.

 

16.  Producto de dicha alianza, IA Algomath SAS y AV Constructing S.A. crearon un consorcio para participar en la licitación del proyecto “Connect Pacifico”, y fueron los adjudicatarios del mismo, en razón a la estrategia presentada, bastante similar a la estrategia de Nova 1 S.A., el único factor diferencial fue la integración de inteligencia artificial a la propuesta presentada.

 

17.  Debido a todas las vicisitudes societarias y contractuales, y cansados de las arbitrariedades, un grupo de minoritarios le ofrece sus acciones (5% de la participación) a los miembros del Grupo A, quienes aceptan y compran las acciones, con la firme convicción de que al igual que se ha hecho antes, con el voto favorable de la mayoría en la reunión de Asamblea, se ratifica la compra y se levanta el derecho de preferencia.

 

Instrucciones:


Algunos de los accionistas de Nova, preocupados por todas las actuaciones y resultados de la licitación, deciden contratar diferentes abogados para que analicen todas las situaciones, las posibles sanciones, los problemas jurídicos relevantes, las posibles acciones y las autoridades que pueden involucrarse. Usted debe enviar un memorial analizando todos estos aspectos relevantes y planteando posibles alternativas y soluciones para la defensa de cada uno de los siguientes actores: Grupo A, Grupo B, Minoritarios y administradores de la Sociedad, y Nova 1 S.A., en relación con el resultado de la licitación.


FORMULARIO Y RESPUESTAS A PREGUNTAS DEL CASO

  1. ¿La Junta Directiva tiene facultades para retirar al representante legal? ¿está consagrado en los Estatutos?  R/. Los estatutos no dicen nada al respecto.

  2. ¿Qué tipo de sociedad anónima es, ¿abierta o cerrada? ¿Sus acciones cotizan en la bolsa de valores? R/. Por favor limitarse a los hechos del caso.  

  3. ¿Cómo se aplica el derecho de preferencia? ¿Qué plazos o condiciones de oferta se establece en los Estatutos? así como su aceptación. R/.Hecho No. 3

  4. ¿Qué tipo de acciones se negocia? R/.Ordinarias.

  5. ¿Cuál es el quórum decisorio de la asamblea por derecho propio? R/.Código de Comercio Art 429.

  6. ¿Cuál es el quórum decisorio para retirar al representante legal y aprobar la elección del señor Camilo Alvear? R/. Artículo 68 de la Ley 222 de 1995. Remitirse a la pregunta y respuesta No. 1.

  7. ¿La teoría del caso se plantea estrictamente a partir de los hechos? porque existe un detrimento patrimonial cuando se negocian acciones sin la aplicación de derecho de preferencia. R/. Por favor limitarse a los hechos del caso.

  8. Respecto a la cláusula décima primera: “Prohibición de competencia” del contrato de prestación de servicios suscrito por la empresa  Nova 1 S.A. y IA Algomath SAS, existe alguna consideración dentro del contrato que justifique dicha cláusula? R/. Nada dicho expresamente en el contrato.

  9. ¿Cuáles son las causales de incumplimiento contractual del negocio realizado por la empresa Nova 1 S.A. y IA Algomath SAS ? R/. Por favor limitarse a los hechos del caso.  

  10. La empresa NOVA 1 S.A. presenta deudas con sus acreedores? En caso afirmativo, cuantas y los días de mora, ¿las mismas superan el 50% del patrimonio de empresa? R/. Por favor limitarse a los hechos del caso.  

  11. Cuando en la narración de los hechos se habla de las fechas 31 de marzo y primer día hábil del mes de abril ¿A qué año específicamente se refiere? R/. 2024 (punto 7).  

  12. ¿En los estatutos de la sociedad se incluyó Clausula Compromisoria? R/.Por favor limitarse a los hechos del caso.  

  13. ¿Las acciones de la sociedad Nova 1 SA se encuentran suscritas en bolsas de valores? R/. Por favor limitarse a los hechos del caso.  

  14. ¿En los estatutos de la sociedad se encuentra prevista la forma en la cual se debe de hacer la convocatoria a las reuniones? R/. Hecho No. 7.

  15.   ¿Exactamente a que porcentaje equivale la participación de las personas jurídicas de orden público? R/. 1%  

  16. Tema 1: sobre la conformación de la sociedad Nova 1 SA. ¿Cuál es el objeto de la sociedad NOVA 1 SA? ¿Cual es su capacidad de responsabilidad? R/. Hecho No. ; 1 Artículo 373 Código de Comercio.  

  17. ¿Es una sociedad anónima abierta o cerrada? R/. Por favor limitarse a los hechos del caso.  

  18. ¿Cuál es el porcentaje de participación del sector privado y público? R/. Sector público 1%  

  19. ¿Existen acuerdos de votación debidamente celebrados conforme a la ley de entre los miembros de cada grupo (A y B)? R/. Por favor limitarse a los hechos del caso.  

  20. El derecho de preferencia pactado en los estatutos ¿tiene algún tipo de excepción? ¿cuál (es)? R/. No se incluyó en los estatutos que las transferencias universales de patrimonio se entenderían incluidas en el mencionado derecho de preferencia.  

  21. Respecto a la reunión celebrada el 31 de marzo, ¿esta se llevó a cabo en qué lugar? R/. Domicilio principal  

  22. ¿Qué dicen los estatutos referente al lugar de celebración de la asamblea? R/. Nada  

  23. ¿La forma de convocatoria? R/. Hecho No. 7  

  24. ¿En qué fecha se llevó a cabo la reunión ordinaria? R/. Hecho No. 7.  

  25. Punto 6. ¿Cuál es la fecha de venta de acciones a la que se refiere el punto 6? R/. Marzo de 2023.

  26. ¿Dónde se llevó a cabo la reunión del grupo A? R/. En la entrada de las oficinas de la administración en el domicilio principal de la sociedad.  

  27. Punto 8. ¿Cuál es la fecha de elección del nuevo representante legal por parte de la asamblea? R/. 1 de abril de 2024.  

  28. ¿La elección fue inscrita en cámara de comercio? R/. Si.  

  29. Punto 10. ¿Cuál es el valor comercial de las acciones? R/. COP $20.000 por acción.  

  30. ¿Cuál es el valor por el cual se emitieron las acciones? R/. Por su valor nominal más 800 pesos por acción.  

  31. ¿Los estatutos de NOVA 1 SA, regulan qué sucede cuándo no se hace la convocatoria para la asamblea ordinaria? R/. No.  

  32. ¿Los estatutos de NOVA 1 SA cuentan con regulación referente a la emisión y suscripción de acciones? R/. No.  

  33. ¿Se previó en los estatutos de la sociedad Nova 1 S.A. y IA Algomath SAS alguna cláusula referente a arbitraje? Si es así descríbala y exponga en qué consiste. R/. Por favor limitarse a los hechos del caso.  

  34. Tema 2: licitación y contrato de prestación de servicios. ¿El objeto de la sociedad IA Algomath SAS cuál es? R/. Actividades de consultoría informática, desarrollo de software, programas de computador, procesamiento de datos y actividades relacionadas. Además de cualquier actividad comercial o civil lícita.  

  35. ¿El objeto del contrato suscrito entre Nova 1 S.A y IA Algomath SAS cuál es? R/. Hecho No. 11.  

  36. ¿En qué fecha dieron por terminado unilateralmente el contrato entre Nova 1 S.A. e IA ALGOMATH SAS? R/. Julio 2024.  

  37. ¿Existía en dicho contrato un protocolo para la ruptura unilateral del contrato entre Nova 1 SA e IA ALGOMATH SAS, de ser así, se cumplió? R/. No.  

  38. ¿En qué fecha IA ALGOMATH SAS suscribió contrato con el joint venture con AV Constructing S.A? R/. Agosto 2024.

  39. ¿Cuál era en realidad la finalidad del joint venture? solo esa licitación o tenía un fin más amplio? R/. Licitaciones varias incluida la del proyecto “Connect Pacífico”  

  40. ¿En qué fecha presentaron IA ALGOMATH SAS y AV Constructing S.A la licitación como consorcio? R/. Inicios del año 2025.  

  41. ¿Cuál es la utilidad que estableció el NOVA 1 SA en la licitación? R/. Habían hecho proyecciones de entre 100.000 y 130.000 millones de utilidad.  

  42. ¿En qué fecha se debía presentar la licitación AV Constructing S.A  R/. Inicios del año 2025.  

  43. ¿Cómo fue la etapa postcontractual para el manejo de los secretos industriales de Nova 1 S.A. por parte de IA Algomath SAS? R/. Por favor limitarse a los hechos del caso.  

  44. ¿Se previó en el contrato celebrado entre Nova 1 S.A. y IA Algomath SAS alguna indemnización o cláusula penal? Si es así, descríbala R/. Cláusula Penal: En caso de incumplimiento parcial o total de las obligaciones establecidas en el presente CONTRATO, la PARTE cumplida (en adelante, la “PARTE CUMPLIDA”) le informará a la otra PARTE (en adelante, “PARTE REQUERIDA”) el incumplimiento, y este, deberá adoptar las medidas necesarias para subsanarlo, dentro de los 5 días calendario siguientes a su notificación. En el evento que la PARTE REQUERIDA no subsane su incumplimiento, la PARTE CUMPLIDA podrá exigirle, a título de pena, el pago de una suma de dinero equivalente al cien por ciento (100%) del valor total del contrato (la “CLÁUSULA PENAL”).

  45. ¿Se previó en el contrato celebrado entre Nova 1 S.A. y IA Algomath SAS alguna cláusula referente a arbitraje?, Si es así, describala. R/. Por favor limitarse a los hechos del caso.  

  46. ¿En el contrato del representante legal y de la junta directiva de Nova 1 S.A., se tenía alguna póliza de seguro referente a sus actuaciones? si es así describa en que consistía dicha póliza y cuándo se suscribió. R/. Por favor limitarse a los hechos del caso.  

  47. ¿Se previó en el contrato celebrado entre Nova 1 S.A. y su representante legal se pacto alguna cláusula referente a arbritaje?, Si es así, describala. R/. Por favor limitarse a los hechos del caso.  

  48. ¿En que ciudad se encuentran las sociedades NOVA 1 S.A., IA Algomath SAS y AV Constructing S.A? R/. Nova 1 S.A. Tiene domicilio principal en Cali, Colombia. IA Algomath SAS tiene domicilio principal en Popayán, Colombia. AV Constructing S.A tiene domicilio principal en Manizales, Colombia.  

  49. ¿Cuál es el nombre de los representantes legales de IA Algomath SAS y AV Constructing S.A?  R/. Por favor limitarse a los hechos del caso.




bottom of page